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TEMA-4 CONCEPTO Y FUNDAMENTO: SEGÚN EL ART. 117.5 CE, EL PRINCIPIO DE UNIDAD JURISDICCIONAL ES LA BASE DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES. LA POTESTAD ES ENCOMENDADA EXCLUSIVAMENTE A JUECES Y MAGISTRADOS, INTEGRANTES DEL PODER JUDICIAL.LAS JURISDICCIONES ESPECIALES
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