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Es la relación jurídica entre un trabajador y un empresario, por la cual el primero se compromete personal y voluntariamente a prestar sus servicios al segundo, quien dirige, se apropia de los resultados y, a cambio, abona un salario.
Acuerdo entre trabajador y empresario donde el primero presta servicios y se somete a la dirección del segundo a cambio de una remuneración.
Previo aviso y justificación, el trabajador puede ausentarse en casos como: matrimonio (15 días), nacimiento/fallecimiento de familiares (2-4 días), traslado de domicilio (1 día), o deberes inexcusables públicos.
El salario es la totalidad de las percepciones económicas (dinero o especie) como contraprestación por el trabajo efectivo o periodos de descanso computables. Debe ser, como mínimo, igual al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
