Portada » Historia » Las Cortes de Cádiz: Orígenes, Proceso y la Constitución de 1812 en la España del Siglo XIX
La obra de las Cortes de Cádiz representa la primera etapa constitucional de España. En un contexto de invasión napoleónica y vacío de poder, era fundamental establecer un gobierno conjunto de las juntas provinciales. Los británicos, que enviaban armas y suministros, querían un interlocutor y, de hecho, deseaban una regencia. La primera iniciativa en este sentido partió de la Junta de Asturias, donde Jovellanos propuso reunir Cortes unicamerales en Oviedo, con dos diputados por provincia.
Por su parte, la Junta de Murcia propuso crear una Junta Central con el apoyo de Valencia. El Consejo de Castilla se planteó convocar una reunión de representantes de las juntas para tomar decisiones sobre la organización del país, creando una regencia. Sin embargo, las juntas rechazaron la pretensión del Consejo de Castilla de recobrar su papel político, deslegitimado tras su colaboración con Murat y José I. Finalmente, las juntas acordaron la creación de una Junta Central que se reuniría en Madrid a finales de septiembre, integrada por representantes de 18 juntas de reinos y provincias.
La Junta Central asumió la jefatura del Estado de forma colegiada y actuó como órgano legislativo, siendo un gobierno interino con ministros y consejos. Se inició con popularidad, pero los primeros problemas surgieron por el descontento, las protestas y las derrotas militares. Otro problema fue que las juntas provinciales querían mantener su autonomía; Sevilla, por ejemplo, se opuso y resistió someterse a la Junta Central.
La Junta Central fue conservadora en sus decisiones. Abolió las rentas nacionales e intentó estimular la economía y la propiedad privada. Creó el Consejo Reunido (un consejo de consejos) en junio de 1809, integrado por consejeros patriotas que asumía las funciones de los demás consejos. Esta decisión fue criticada por los liberales, quienes la vieron como un arma para que los conservadores se negaran a las reformas, superponiendo nuevas instituciones con las viejas.
El Gran Debate sobre el futuro del país planteó tres posiciones principales:
La Junta Central fue presidida por Floridablanca hasta su muerte, sucediéndole el Marqués de Astorga. Existía una minoría absolutista, otra liberal y una masa intermedia más o menos reformista, entre los que destacó Jovellanos, quien sacó adelante la convocatoria de Cortes en 1809, rechazada inicialmente por Floridablanca.
La Junta Central acordó la convocatoria de Cortes como una forma de establecer reformas que dieran moral a los patriotas. Calvo de Rozas abogó en la Junta Central por decretar la convocatoria de Cortes para el año siguiente. Jovellanos miraba el modelo de Gran Bretaña, con una constitución histórica reformada. Calvo de Rozas, en cambio, se inspiraba en los modelos de Francia y EE. UU. El sector más absolutista quería Cortes estamentales.
Jovellanos, Caro, Riquelme y el Arzobispo de Laodicea formaban la comisión que decidía la composición. Se impuso la tesis de los tres brazos. Jovellanos ganó con su propuesta de un Parlamento bicameral con dos cámaras:
La composición de las Cortes era compleja. Las primeras Cortes fueron convocadas en enero de 1810. Solo la Cámara Baja tenía que ser elegida; la Cámara Alta debía seleccionar a los fieles al gobierno patriota. Sin embargo, el 29 de enero de 1810, la Junta Central se disolvió antes de hacer público el decreto de convocatoria de la Cámara Alta, por lo que se extendió la idea de que las Cortes serían unicamerales.
La Junta Central abandonó Sevilla y se dirigió a Cádiz, una ciudad más fácil de defender con la ayuda de la marina británica. Hubo un motín en Sevilla que dio lugar a la formación de una junta sevillana que se proclamó suprema, como si fuera una nueva Junta Central. Esta situación generó confusión en América, donde llegaron órdenes de dos juntas distintas que se proclamaban supremas de España y de las colonias, lo que favoreció las alas criollas partidarias de la independencia.
El proceso electoral fue un sistema complejo que duró meses. La capital de los patriotas, Cádiz, puso el gobierno en manos del Consejo de Regencia, creado a instancias de la Junta Central e integrado por cinco personas:
Los diputados procedían de cuatro cuerpos electorales diferentes establecidos por la Junta Central:
Cuando se constituyeron, el número de diputados fue menor. Había 95 eclesiásticos (un tercio del total), siendo el sector socioprofesional más numeroso en las Cortes. Eran personas capaces, patriotas y con formación intelectual. No todos eran absolutistas. Había un tercio de nobles, pocos nobles titulados, 44 militares, un buen número de hidalgos, y 77 funcionarios y hombres de leyes. No había burgueses en sentido estricto; teóricamente, solo dos comerciantes.
En resumen, no fue un Parlamento burgués. Las Cortes fueron mayoritariamente reformistas, a pesar de esta composición social, y muy representativas. Sin embargo, no fue un Parlamento rotundamente liberal.
No se puede hablar de partidos liberales y absolutistas en el sentido moderno, ya que no eran partidos auténticos. Se distinguían tres grandes corrientes:
Las Cortes de Cádiz se reunieron en septiembre de 1810 y aprobaron el Decreto 1, por el cual las Cortes se declaraban soberanas y constituyentes, deslegitimando la cesión que los Borbones hicieron de la Corona a favor de Napoleón y reconociendo a Fernando VII como legítimo Rey. El rey dejaba de ser soberano; la soberanía residía en la nación y en las personas que la representaban. El objetivo de las Cortes era elaborar un texto constitucional.
El decreto fue conflictivo y tuvo problemas con el Consejo de Regencia, hasta el punto de que su presidente, el obispo de Orense, dimitió. Los otros cuatro miembros permanecieron tan solo un mes más, siendo sustituidos por una nueva regencia de carácter más liberal.
La tarea legislativa más importante fue la elección de una comisión constitucional integrada por 13 diputados (7 liberales y 6 absolutistas). El 9 de diciembre de 1810, la comisión, presidida por Agustín Argüelles y asesorada por Romanillos, inició sus trabajos. Las sesiones se celebraron durante varios meses hasta que el 25 de agosto de 1811 presentaron el proyecto a las Cortes, siendo aprobado por estas el 19 de marzo de 1812.