Portada » Formación y Orientación Laboral » Relaciones Laborales Esenciales: Representación, Convenios y Gestión de Conflictos
El derecho de participación de los trabajadores en la empresa se reconoce en la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores. Este derecho se ejerce a través de unos representantes que los propios trabajadores eligen mediante dos formas:
El colectivo de trabajadores de una empresa tiene derecho a ser representado, con independencia de su afiliación o no a un sindicato, a través de los delegados de personal o del comité de empresa.
Cuando la empresa tiene menos de 50 trabajadores, la representación colectiva unitaria se efectúa a través de los delegados de personal, según las siguientes proporciones:
Si la empresa tiene 50 o más trabajadores, la representación unitaria se ejerce a través del comité de empresa, cuya composición depende del número de trabajadores en la empresa o centro de trabajo:
El comité de empresa actúa de forma colegiada, toma acuerdos por mayoría y puede ejercer acciones administrativas y judiciales. Se reúne cada dos meses o siempre que lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros o de los trabajadores.
Para evitar que se tomen represalias contra los representantes de los trabajadores por el ejercicio de su cargo, se les conceden unas garantías:
Los sindicatos son asociaciones, sin ánimo de lucro, de trabajadores por cuenta ajena, cuyo fin principal es conseguir el progreso económico y social de sus miembros, a través del mantenimiento o la mejora de sus condiciones de trabajo. La Constitución de 1978 proclama la libertad sindical como un derecho fundamental, desarrollado por la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS), cuyos aspectos más importantes son los siguientes:
Pueden afiliarse:
Excluidos:
Excluidos del ámbito de aplicación de la Ley Orgánica:
Los afiliados a un mismo sindicato que trabajen en una misma empresa tienen derecho a formar secciones sindicales en su empresa o en su centro de trabajo.
En las empresas o centros de trabajo donde haya más de 250 trabajadores, las secciones sindicales estarán representadas por delegados sindicales elegidos por y entre los trabajadores de esa empresa, afiliados a dicho sindicato.
Las principales competencias de los representantes de los trabajadores son:
La máxima expresión de la participación de los trabajadores en el ámbito de las relaciones laborales es su capacidad para negociar y firmar convenios colectivos a través de sus representantes. El convenio colectivo es un acuerdo por escrito libremente adoptado entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo, la productividad y la paz laboral, respetando siempre los derechos mínimos establecidos por las normas de rango superior.
En resumen, el convenio colectivo:
La Constitución reconoce la fuerza vinculante de los convenios colectivos, es decir, todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación están obligados a su cumplimiento.
Los convenios colectivos se definen por diferentes ámbitos:
Los convenios colectivos podrán regular materias de índole económica, laboral, sindical y, en general, todo cuanto afecte a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y sus empresas. Pueden mejorar las condiciones laborales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, pero nunca empeorarlas.
Los conflictos colectivos enfrentan a un grupo de trabajadores con un empresario o grupo de empresarios, por un interés que afecta a todo el colectivo de trabajadores. Los legitimados para iniciar el conflicto colectivo son los representantes de los trabajadores. Las partes implicadas en un conflicto colectivo pueden adoptar medidas de presión, como la huelga y el cierre patronal.
La huelga es un derecho fundamental. Se trata de una medida de presión y de defensa de los intereses de los trabajadores. La huelga consiste en el cese temporal de la prestación de servicios, acordada por una colectividad de trabajadores de una o varias empresas, con motivo de un conflicto laboral. Incluye el abandono del centro de trabajo por parte de los trabajadores.
El ejercicio del derecho a la huelga se reconoce de forma individual, aunque se ejerce de forma colectiva:
Se consideran huelgas ilícitas:
Durante la huelga, el contrato de trabajo queda en suspenso; por lo tanto, durante esos días los trabajadores no cobran su salario, ni la parte proporcional de las pagas extras, domingos y festivos. Durante la huelga se suspende la obligación de cotizar a la Seguridad Social por parte del trabajador y del empresario.
El empresario no puede sustituir a los trabajadores huelguistas. Los días de huelga no deben ser descontados de las vacaciones.
El trabajo en equipo es un modelo de gestión empresarial basado en la participación de los empleados para que compartan y alcancen un objetivo común.
El trabajo en equipo ofrece múltiples beneficios:
Los equipos de trabajo son grupos creados expresamente por la dirección de la empresa para ejecutar un proyecto o tarea concreta. Sus características principales son:
Existen diferentes tipos de comportamiento que influyen en la dinámica del equipo:
La asertividad fomenta la tolerancia, la participación y la comunicación activa e impulsa la creatividad.
El conflicto es una situación en donde dos o más personas o grupos se enfrentan por intereses, necesidades, deseos o valores distintos e incompatibles.
Todo conflicto puede ser reducido o resuelto utilizando distintos procedimientos:
Si se manejan adecuadamente, el conflicto se puede minimizar, reconducir y resolver para conseguir, entre otros, los siguientes resultados positivos:
Sin embargo, si el conflicto no se gestiona adecuadamente, puede deteriorar la cooperación, la comunicación, las relaciones entre las personas y el trabajo en equipo. También disminuye la productividad y ocasiona gastos jurídicos.
La negociación es una sucesión de acciones que se desarrollan en un espacio de tiempo durante el cual las partes van modificando sus demandas hasta llegar a un compromiso aceptable para todos.
Los negociadores, antes de las primeras conversaciones, deben concretar sus necesidades, objetivos, límites, peticiones iniciales y estrategias. La estrategia es el «qué se hará», es decir, es un plan de acción para alcanzar los objetivos fijados. Las acciones concretas dentro de la estrategia, enfocadas al corto plazo, se conocen como tácticas. Al definir la estrategia hay que establecer unos límites en la negociación y no modificarlos durante el proceso negociador.
Es recomendable hacer previsiones de estos aspectos para la parte contraria, que, en caso de no cumplirse, deben estar preparados para adaptarse a los cambios.
En esta fase se produce el primer contacto cara a cara de los negociadores. Son momentos de tanteo y búsqueda de información para conocer en profundidad las posiciones de la otra parte y matizar el contenido y alcance de nuestras posiciones o planteamientos iniciales.
La discusión es la parte más difícil del proceso de negociación. En ella se intenta acercar lo más posible el acuerdo final a nuestra posición. Los negociadores utilizan argumentos con sugestión, persuasión o disuasión que refuercen y apoyen sus tesis y debiliten la fuerza de las contrarias.
En la recta final, se produce un intercambio de concesiones, se acercan las posturas y se materializan propuestas que faciliten llegar a un acuerdo con una solución aceptable para todos con máximos beneficios. El acuerdo se alcanza si hay una zona que coincida entre el límite de salida y el límite de ruptura de los negociadores. Si no, se rompe la negociación.
En una negociación eficaz, hay que seguir las siguientes reglas:
Todo buen negociador se define por cuatro cualidades básicas: