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El Derecho Laboral es la norma que regula las relaciones laborales y desempeña un papel decisivo en la sociedad actual, ya que afecta directamente a los trabajadores. Surgió a partir de la Revolución Industrial, cuando el proletariado tomó conciencia de su clase social y decidió unirse para reivindicar mejores condiciones, dando lugar al movimiento obrero.
Relaciones no laborales/excluidas: Funcionarios públicos, transportistas y autónomos (trabajadores por cuenta propia).
Relaciones especiales: Deportistas profesionales, menores en centros de menores y abogados que prestan servicios en despachos de abogados.
Es el acuerdo entre el trabajador y el empresario donde el primero se compromete a prestar servicios y el segundo a pagar una remuneración. Requisitos de edad:
Por norma general es escrito, salvo el contrato indefinido ordinario o por circunstancias de la producción a tiempo completo e inferior a 4 semanas, que pueden ser verbales.
Elementos esenciales: Partes, elementos temporales, lugar de trabajo, categoría o grupo profesional, salario, vacaciones, plazos de preaviso y convenio colectivo.
Es el tiempo en el cual las partes evalúan su interés mutuo. Se percibe el salario por los días trabajados.
Las ETT contratan trabajadores para cederlos a otras empresas. El trabajador tiene los mismos derechos que si fuera contratado directamente. La ETT asume las obligaciones salariales y de Seguridad Social, mientras que la empresa usuaria dirige la actividad e informa sobre riesgos.
Trabajo a distancia: Realizado fuera del centro físico de la empresa (mínimo 30% de la jornada). Si se utilizan medios informáticos o telemáticos, se denomina teletrabajo.
