Portada » Historia » La Evolución del Derecho Comercial: Desde la Edad Media hasta la Codificación Moderna
Fue principalmente en el seno de las laboriosas y cultas ciudades italianas donde, tras la caída del Imperio Romano, se condensó la existencia, actividad y gobierno entre sus amurallados límites. Más o menos contemporáneamente, algo similar ocurrió en Francia y otras ciudades de Europa.
Nacieron las corporaciones, entidades formadas por los integrantes de cada oficio (comerciantes, artesanos, etc.), que asumían importantes funciones inherentes a la defensa de los gremios, su desarrollo armónico, gobierno, etc.
Al constituirse y consolidarse los Estados, esa protección pasó a ser ejercida por estos, especialmente cuando, al formarse las grandes compañías coloniales, los gobernantes se asociaron a su suerte. En esa época se fundaron grandes compañías, como sociedades anónimas en su forma más primitiva, las cuales, con sus poderosos medios económicos, hicieron y hacen posible la realización de empresas de gran envergadura.
El comercio siguió su ruta ascendente en el camino del progreso, incluso a pesar de las frecuentes guerras y los cambios de sistemas políticos, algunos de los cuales se dedicaron a restringir su expansión o limitar sus derechos.
Fue en los siglos XI y XII de nuestra era cuando comenzó a formarse el auténtico y autónomo Derecho Comercial. Las primeras normas se hallaban en los usos y costumbres de los comerciantes, y muchas de ellas están registradas en las Consuetudines de Génova, Consuetudines Usus de Pisa, etc. Pero son los estatutos de los siglos XIII y XIV los que constituyeron verdaderos códigos de la materia, teniendo, cuando menos, el alcance y la virtud de la jurisprudencia actual.
Francia aportó notables contribuciones jurídicas mediante los famosos Roles de Olerón, que eran una recopilación de costumbres y sentencias recaídas en materia marítima. Los estatutos de Marsella, Arlés, etc., sirvieron asimismo de base para la confección de las célebres Ordenanzas de Luis XIV de 1673 y 1681.
En España fue famoso el estatuto denominado Consulado del Mar, que tuvo intensa aplicación en lo que respecta al comercio marítimo; también destacan las Ordenanzas de Bilbao, que regulaban el comercio terrestre, y la Novísima Recopilación. En Alemania, cabe recordar los estatutos y reglamentaciones de la Liga Hanseática y el Zollverein.
La doctrina parece haberse uniformado en el sentido de afirmar que, en rigor de verdad, el primer Código de Comercio en el mundo civilizado fue el francés de 1807, también conocido como Código de Napoleón, por haber sido este quien propugnó y alentó su redacción. Su importancia y trascendencia fue tal que al eximio profesor italiano Vidari se lo considera el padre de todos los códigos ulteriores. Contenía 648 artículos y se dividía en cuatro libros:
En Argentina, luego de la Revolución de Mayo y hasta 1862, el régimen legal que regía las actividades mercantiles consistía en leyes dispersas y contradictorias que provenían de la época colonial. Antes de la creación del Consulado en los territorios del Río de la Plata, en 1794, se aplicaban las Ordenanzas de Bilbao, con prelación a las Leyes de Indias y las de Castilla. Por ello, era necesario crear un cuerpo de leyes coherente.
Tales intentos comenzaron poco después de la Revolución de Mayo, cuando la Asamblea del Año XIII intentó renovar la legislación por iniciativa de Rivadavia. En febrero de 1822, esto dio como resultado la creación de la “Bolsa de Mercantiles” y una Ley sobre Corredores de Comercio y Martilleros, a pesar de los enfrentamientos internos que se dieron en ese período.
Finalmente, en 1856, la provincia de Buenos Aires, separada de la Confederación, por intermedio de su gobernador, el doctor Valentín Alsina, encomendó a los doctores Dalmacio Vélez Sársfield y Eduardo Acevedo (famoso jurisconsulto de la época, nacido en la Banda Oriental) la redacción de un Código de Comercio. Este trabajo fue presentado a la Legislatura de Buenos Aires en octubre de 1859 y aprobado mediante la Ley N.º 15, del 12 de septiembre de 1862, declarándolo “Código de Comercio Nacional”. Más tarde, cuando la provincia de Buenos Aires se incorporó a la Confederación, este Código fue nacionalizado y constaba de cuatro Libros.