Portada » Derecho » Fundamentos del Derecho Peruano: Los 10 Artículos Clave del Título Preliminar del Código Civil
El Título Preliminar (TP) es la puerta de entrada a todo el sistema jurídico peruano. Establece los principios y conceptos fundamentales que deben aplicarse no solo al Derecho Civil, sino a todo el ordenamiento jurídico nacional.
Concepto: Define la ley como una norma jurídica de carácter general, abstracta, obligatoria y permanente, dictada por el Poder Legislativo (Congreso) para el bien común.
Distingue entre:
La derogación es la supresión total o parcial de una ley por otra posterior.
Principio General: La ley se aplica a hechos ocurridos durante su vigencia (aplicación inmediata), sin efecto retroactivo.
Principio de Irretroactividad: Ratifica que las leyes no tienen efecto retroactivo, salvo excepción constitucional.
Prohibición de la Analogía: Las leyes que establecen excepciones o restringen derechos no se aplican por analogía. Esto protege las garantías individuales, impidiendo que se extiendan restricciones a casos no previstos expresamente.
Concepto: Declara nulo todo acto jurídico contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres.
Consecuencia: La violación de estos principios conduce a la nulidad del acto jurídico, que es la sanción más grave, pues se considera que el acto nunca existió.
Definición: Para ejercitar una acción judicial (demandar) o contestarla, es necesario tener un legítimo interés económico o moral.
Función: Este artículo evita demandas frívolas o maliciosas, asegurando que solo quien es real y directamente afectado puede acudir a un juez.
Principio Iura Novit Curia: Significa «el juez conoce el derecho». El juez está obligado a aplicar la norma jurídica correcta al caso, incluso si las partes no la invocaron o lo hicieron erróneamente en su demanda.
Objetivo: Garantizar que las sentencias se basen en el derecho objetivo y no en la habilidad o el error de los abogados.
Límites: Este principio no suple la falta de legitimación para actuar en el proceso, ni reemplaza la iniciativa de las partes para promover la demanda o presentar pruebas.
Prohibición del Non Liquet: Los jueces no pueden negarse a administrar justicia bajo el argumento de que la ley es defectuosa, imprecisa (defecto) o no existe (deficiencia o laguna legal).
Ante una laguna, el juez debe aplicar, en este orden:
Función: Este artículo asegura la plenitud del ordenamiento jurídico, evitando que no haya solución para ningún conflicto.
Aplicación Supletoria: Las disposiciones del Código Civil se aplican para llenar vacíos en otras áreas del derecho (laboral, comercial, etc.), siempre que no sean incompatibles con la naturaleza de esa otra rama jurídica.
Ejemplo: Si una ley de comercio no regula un aspecto de un contrato, se puede acudir a las normas generales de contratos del Código Civil.
Condición: La aplicación es supletoria solo si no hay incompatibilidad. Por ejemplo, los principios del derecho civil de propiedad no se aplican de la misma manera en el derecho tributario.
Obligación de los Órganos Jurisdiccionales: La Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y el Ministerio Público están obligados a informar al Congreso sobre los vacíos o defectos que encuentren en la legislación.
Objetivo: Fomentar una colaboración entre los poderes del Estado para perfeccionar las leyes. Quienes aplican el derecho diariamente (jueces y fiscales) son los más idóneos para detectar sus fallas y proponer mejoras técnicas.
En resumen, el Título Preliminar sienta las bases de cómo se crea, interpreta, aplica y complementa la ley en el Perú, estableciendo un sistema coherente, garantista y orientado a la justicia.
