Portada » Filosofía » Fundamentos de la Argumentación Jurídica y la Retórica en el Derecho
No cabe duda de que el argumento de equidad es el que se desarrolla con la intención de dar a la resolución el enfoque de que se actúa con justicia.
Es representar el «el tanto más que» con que se expresa agramaticalmente el hecho de que una de las pruebas que se aducen viene a agregarse a la otra.
Es considerado un instrumento de la interpretación lingüística o literal, ya que la actividad interpretativa no se sale fuera del texto.
Se relaciona con el espíritu y finalidad que se ha tenido en cuenta para la creación de normas.
Consiste en demostrar lo insensato y ridículo de una interpretación para establecer la verdad.
El argumento psicológico sería aquel por el que se atribuye a una regla el significado que se corresponda con la voluntad del emisor o autor de la misma, es decir, del concreto legislador que históricamente la redactó.
El contexto viene a ser lo que rodea y circunscribe al argumento o explicación que se formula; esto es, proporciona información necesaria para evaluar objetivamente el contenido que se asigna por el escritor a los términos empleados en su comunicación escrita. Así, podrá advertir no solo la diferencia entre argumento y explicación, sino que además dicho contexto permitirá identificar las premisas, conclusiones o afirmaciones implícitas.
La teoría de la argumentación jurídica son aquellos estudios filosóficos que esgrimen las diversas corrientes de pensamiento.
Este aspecto de la argumentación jurídica se ocupa del análisis estructural de los argumentos, es decir, de la corrección formal o lógica de los razonamientos. No debe confundirse con la lógica formal, aunque esta sí puede considerarse una ciencia auxiliar del derecho y, en específico, de la argumentación jurídica.
Ahora bien, como no es sencillo identificar la finalidad de la lógica, pues existen varias lógicas:
En el sentido que le otorgan Platón y Aristóteles, es el arte de la discusión o búsqueda de la verdad en el diálogo.
La dialéctica se define como:
Tiene por objeto un problema sobre el error relacionado con un concepto o procedimiento bien definido y busca el efecto en el interlocutor de alcanzar la solución, teniendo como fines el establecimiento de la verdad.
Discusión: Contender con otra persona por alegar distintas razones, examinar atentamente una materia.
Tiene por objeto un desacuerdo basado en diferencias de actitudes, sentimientos y preferencias; el efecto es que sea disuelta y tiene como finalidad el triunfo de la tesis propia sobre el adversario.
Es una situación en la cual dos o más individuos, o en su defecto diferentes grupos que presentan intereses contrapuestos, ingresan a un escenario de confrontación, de oposición mutua, con la clara misión de neutralizar o eliminar a la parte considerada rival. La mencionada disputa puede ser física o bien a través de palabras o argumentos.
Comienza con un problema pero se extiende a otros problemas revelando profundas divergencias y busca persuadir al adversario o a la audiencia.
Controversia: Es una discrepancia de opinión existente entre las partes activas sobre un asunto, bien sea por desacuerdo.
«Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.» (Reformado en su integridad mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del 2008).
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como de manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud pública o de proteger los derechos de terceros. (Adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2009).
Son aquellos estudios filosóficos que esgrimen las diversas corrientes del pensamiento respecto al contenido de las premisas argumentativas, desde la perspectiva de los operadores del derecho.
La retórica obliga a moldearse por la vida pública, focalizada en las normas de opinión y construida por la necesidad de los hombres de plantear discursos desde el aquí y el ahora para resolver controversias. Sus géneros principales están dados por el lugar desde el que el orador habla y la perspectiva que asume frente a su audiencia.
También llamado forense, tiene lugar cuando el discurso está orientado a juzgar los hechos pasados, es decir, hacia el ataque o la defensa de una convicción a partir de acontecimientos que ya han sucedido.
Pertenece más al terreno de la discusión política y versa sobre el futuro, sobre lo que es conveniente o no hacer. Este género moldea la oratoria típica de los congresos y legislaturas.
Versa sobre el presente. También llamado demostrativo, es el discurso que apela al juicio para atender y mirar lo que sucede en el aquí y ahora.
La Inventio es la primera y la máxima parte de la retórica, destinada a la búsqueda de los argumentos con los que defender una causa o tesis. Su material puede ser:
Se invita a reflexionar respecto a tres cuestiones fundamentales:
Se expresa con la fórmula A es A. Significa que un concepto o una idea es igual a ella misma y no cambia en el momento en que se piensa. Indica que una cosa es siempre la misma, a pesar de los diferentes nombres o circunstancias.
Parte de la metafísica que trata del ser en general y de sus propiedades trascendentales.
Doctrina de los fundamentos y métodos del conocimiento científico.
Establece que si hay dos juicios de los cuales uno afirma y otro niega la misma cosa, no es posible que ambos sean verdaderos al mismo tiempo.
Establece que cuando tenemos dos juicios contradictorios (A es B y A no es B), no se da una tercera posibilidad. Uno de estos juicios necesariamente debe ser verdadero, puesto que los dos no pueden ser falsos al mismo tiempo.
