Portada » Derecho » Delitos contra el Patrimonio y la Administración Pública: Conceptos Clave
El robo con fuerza en las cosas supone el quebranto de las medidas de seguridad que el propietario pone sobre la cosa objeto de sustracción, debiendo emplearse dicha fuerza para acceder o salir del lugar donde se encuentran los bienes. La distinción con el hurto es clara: si se coge directamente la cosa es hurto; si se fractura algo para acceder a ella, es robo. Los medios comisivos son numerus clausus, es decir, solo los expresamente previstos en el art. 238 CP.
El TS excluye expresamente como robo la fuerza ejercida sobre la misma cosa sustraída, sobre objetos que la envuelven o rodean, y sobre dispositivos electrónicos adheridos a ella, reconduciéndose todos estos casos al hurto.
Se impondrá prisión de 2 a 5 años cuando concurran circunstancias del art. 235 CP. Si el robo se comete en casa habitada (todo albergue que constituya morada, incluyendo segundas residencias o habitaciones de hotel), la agravante absorbe el delito de allanamiento. Las dependencias incluyen patios, garajes, trasteros y jardines. El bien jurídico protegido es la propiedad, el tipo subjetivo exige dolo y ánimo de lucro, y la pena del tipo básico es prisión de 1 a 3 años (art. 240.1 CP).
La estafa común del art. 248 CP consiste en utilizar un engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Es un delito de resultado.
La pena es de prisión de 6 meses a 3 años si la cuantía supera los 400 euros, y multa de 1 a 3 meses si no los supera.
Consiste en que quien recibe una cosa mueble de forma legítima, por un título que le obliga a entregarla o devolverla, la incorpora de modo definitivo a su patrimonio o niega haberla recibido. Solo pueden ser objeto material cosas muebles.
El deudor se sitúa deliberadamente en una situación de insolvencia real o ficticia para impedir que sus acreedores cobren. El art. 257.1 CP castiga con prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses. El tipo subjetivo exige dolo con ánimo específico de defraudar.
Consiste en defraudar a la Hacienda Pública (estatal, autonómica, foral o local) por un importe superior a 120.000 euros (100.000 euros en la UE). La consumación se perfecciona cuando expira el plazo legal voluntario para realizar el pago.
Infracción contra la integridad de la gestión administrativa donde el funcionario solicita o acepta una dádiva. Se divide en:
Autoridad o funcionario público que dicta una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. La pena es inhabilitación especial para empleo o cargo público de 9 a 15 años.
Juez o magistrado que dicta una resolución injusta. Incluye modalidades por dolo, imprudencia grave, negativa a juzgar o retraso malicioso.
