Portada » Formación y Orientación Laboral » Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Estructura, Personal y Procedimientos
Es el cuerpo de funcionarios que tiene atribuida la reserva de la función inspectora en su totalidad dentro del orden social.
Este cuerpo realiza funciones de apoyo, gestión y colaboración con la inspección, y se divide en dos escalas especializadas:
La Inspección actúa siempre de oficio, pero la actuación puede tener diversos orígenes:
Cualquier persona puede denunciar un incumplimiento, teniendo en cuenta que:
La ITSS puede llevar a cabo sus investigaciones de tres maneras principales:
De cada actuación realizada, los funcionarios deben extender una diligencia por escrito.
El plazo general para las actuaciones inspectoras es de 9 meses, y estas no pueden estar paralizadas más de 5 meses.
Una vez finalizada la investigación, la Inspección puede adoptar diversas medidas según el resultado:
Es la labor «policial» o de fiscalización. La Inspección se asegura de que se cumpla la ley en:
Es la labor de apoyo y guía para que las normas se entiendan y apliquen bien:
Durante las visitas, pueden hacerse acompañar por el empresario, los trabajadores, delegados de prevención, así como por peritos o técnicos de la empresa o expertos oficiales de la Administración.
Los inspectores pueden practicar cualquier prueba o examen que consideren necesario, lo que incluye:
Tienen la facultad de adoptar medidas cautelares proporcionadas para evitar la destrucción, desaparición o alteración de documentación o pruebas, siempre que esto no cause un perjuicio de difícil reparación o viole derechos fundamentales.
