Portada » Derecho » Fundamentos Jurídicos de la Organización Territorial del Estado Español: CCAA y Régimen Local
La estructura del Estado regional se articula en Comunidades Autónomas (CCAA) como base de una organización política descentralizada.
La norma institucional básica de cada CCAA es el respectivo Estatuto de Autonomía. El Estado debe recogerlo y ampararlo como integrante del ordenamiento jurídico, otorgándole el rango de Ley Orgánica.
Según la Constitución, los Estatutos de Autonomía deberán contener:
La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido y requiere la aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica.
Las CCAA gozan de reconocimiento constitucional de autonomía política, organizativa, normativa, administrativa y financiera. Sin embargo, este régimen autonómico encuentra sus límites en la propia Constitución y en los valores que la inspiran:
El Artículo 152 de la Constitución dispone que la organización institucional autonómica, definida por los respectivos Estatutos de Autonomía, se basa en los siguientes órganos:
Las competencias entre el Estado y las CCAA se clasifican en:
El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Posee personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece los derechos y deberes que corresponden a los vecinos de los municipios. La organización municipal varía según el tipo de municipio.
