Portada » Formación y Orientación Laboral » Claves del Derecho Laboral: Funciones Empresariales, Representación y Derechos del Trabajador en España
El empresario, dentro de su poder de dirección, tiene diversas funciones, entre las que se incluyen:
La representación unitaria de los trabajadores está constituida por:
Los comités intercentros son órganos de representación que se pueden crear en empresas que cuenten con varios comités de empresa en distintos centros de trabajo, siempre que el convenio colectivo lo permita. El número máximo de integrantes de este comité será de 13 miembros, y sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos comités de centro.
La Constitución Española reconoce el derecho de los trabajadores a la libertad sindical, que comprende el derecho a fundar sindicatos y afiliarse al sindicato de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas.
La representación sindical en la empresa se articula a través de:
Se consideran huelgas ilegales aquellas que:
El empresario puede proceder al cierre del centro de trabajo (cierre patronal o lock-out) en los siguientes casos:
El Estatuto de los Trabajadores es la ley fundamental que regula las relaciones laborales que surgen entre el trabajador por cuenta ajena y el empresario desde la firma del contrato de trabajo. Se aplica a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
Fue aprobado por primera vez en España en 1980 y ha sufrido diversas modificaciones desde entonces. La versión actualmente vigente es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Además del Estatuto, las relaciones laborales se regulan por los convenios colectivos, el contrato de trabajo y otras leyes específicas.
Existen diversas vías no judiciales para la solución de conflictos laborales, como son los procedimientos de mediación, arbitraje y conciliación:
Un convenio colectivo tiene diferentes ámbitos de aplicación que delimitan su alcance:
Los convenios o acuerdos de empresa son aquellos negociados en el ámbito específico de una empresa o un centro de trabajo. Se conciertan entre el empresario y los representantes de los trabajadores (comité de empresa, delegados de personal o secciones sindicales). Su finalidad es regular las condiciones de trabajo en esa empresa concreta, pudiendo adaptar, desarrollar o mejorar lo establecido en convenios colectivos de ámbito superior, o regular materias no contempladas por estos. Un ejemplo podría ser un acuerdo sobre el modelo de recibos de salario o la distribución de la jornada anual.
El contenido mínimo que, con carácter general, debe incluir un convenio colectivo, según el Estatuto de los Trabajadores, es:
El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones que surgen directa o indirectamente del trabajo dependiente y por cuenta ajena, así como las relaciones colectivas entre trabajadores y empresarios (sindicatos, organizaciones empresariales, convenios colectivos, conflictos colectivos).
Las directivas comunitarias (emanadas de la Unión Europea) son actos legislativos que establecen objetivos que todos los países de la UE deben cumplir. Sin embargo, corresponde a cada país miembro decidir a través de qué medios y en qué forma alcanzarlos, para lo cual deben adoptar una norma interna de transposición (ley, decreto, etc.) que adapte su legislación nacional a la directiva, generalmente dentro de un plazo determinado. Ejemplo: directivas en materia de prevención de riesgos laborales, igualdad de trato, o tiempo de trabajo.
La Constitución Española de 1978 reconoce varios derechos laborales fundamentales y principios rectores de la política social y económica en materia laboral, entre ellos:
Las Leyes Orgánicas son un tipo de ley previsto en la Constitución Española que requiere un procedimiento de aprobación especial y se reserva para regular materias de particular importancia. Para ser aprobadas, modificadas o derogadas, necesitan la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del proyecto (la mitad más uno del número total de diputados). Se refieren al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, la aprobación de los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y otras materias previstas específicamente en la Constitución. Ejemplo: la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (LOLS).
Los Decretos Legislativos son normas con rango de ley dictadas por el Gobierno en virtud de una delegación expresa y concreta de las Cortes Generales (Congreso y Senado). Esta delegación legislativa debe otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados, o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo (texto refundido). La delegación se otorga para una materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. Ejemplo: el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aunque este ha sido derogado y sustituido, sirve como ejemplo del tipo de norma).
Los principales principios de aplicación e interpretación específicos del Derecho del Trabajo son:
Los principales organismos de la Administración Laboral en España incluyen:
El principio de norma más favorable establece que, si existen dos o más normas laborales (ya sean legales o convencionales) aplicables a una misma relación laboral o situación, se aplicará aquella que, considerada en su conjunto y en cómputo anual para los conceptos cuantificables, resulte más favorable para el trabajador.
Existen diversas relaciones laborales de carácter especial que, por sus particularidades, cuentan con una regulación específica, diferenciada en algunos aspectos de la regulación laboral común contenida en el Estatuto de los Trabajadores. Algunas de ellas son:
Los trabajadores tienen reconocidos diversos derechos individuales básicos en la relación laboral, conforme al Estatuto de los Trabajadores, entre los que se encuentran:
Los trabajadores también tienen deberes laborales básicos, conforme al Estatuto de los Trabajadores, como: