Portada » Derecho » Responsabilidad Estatal y Sistemas de Protección de Derechos Humanos: Alcance y Violaciones Históricas
Los Estados, mediante tratados internacionales, asumieron la obligación de respetar y garantizar el ejercicio de los derechos de las personas. Deben generar las condiciones necesarias para que quienes están en su territorio accedan a estos derechos.
Los derechos humanos están ligados al cuerpo jurídico producido por los Estados, quienes son los responsables exclusivos de su cumplimiento y vigilancia. La relación entre Estado y ciudadanos es unidireccional y obligatoria. El Estado es el representante político del bien común y el responsable de los derechos de los ciudadanos.
Cuando hay violación de derechos, solo al Estado se le puede demandar. Por su parte, los ciudadanos son titulares de derechos sin contraprestaciones ni condiciones.
La violación de derechos humanos es una acción u omisión del Estado o sus agentes que afecte el derecho de una persona o grupo. Si la acción u omisión es de un particular, sin intervención del Estado, se trata de un hecho ilegal.
Los ciudadanos tienen una responsabilidad fundamental: la participación y el acompañamiento a las políticas del Estado para exigirle acciones. Es necesario que la comunidad tenga una actitud de valoración y respeto por los derechos humanos. Por esta necesidad, los Estados asumen el compromiso de promover, difundir y capacitar en derechos humanos a toda la población.
Los sistemas de protección son el conjunto de normas, instituciones y procedimientos destinados a cumplir con el propósito de universalidad de los derechos humanos. Se clasifican en internos y externos.
En el sistema interno o nacional, ante una denuncia de violación de los derechos humanos, se ponen en marcha acciones para que el Estado cumpla con sus deberes de investigación, sanción y reparación. Si los recursos internos se agotan y no satisfacen a los demandantes, estos pueden dirigirse al sistema regional correspondiente (europeo, interamericano o africano).
Cuando se trata de conflictos entre dos o más Estados, o se considera que se afecta a la humanidad en su conjunto, se debe recurrir al sistema universal o de las Naciones Unidas.
En el ámbito mundial, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) es responsable de velar por los derechos humanos. Para ello cuenta con distintos órganos creados mediante tratados internacionales, a través de los cuales debe vigilar el cumplimiento de esos derechos.
La competencia, las funciones y el alcance de los órganos están determinados por los tratados que reconocen los derechos y por la Carta de las Naciones Unidas.
Los órganos más importantes del sistema universal son el Consejo de Derechos Humanos y los comités:
Los comités tienen funciones principales:
En 1993 se creó la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), con responsabilidad en derechos humanos y que reporta al Secretario General de la ONU. Sus funciones son:
Cuando una denuncia llega a un comité, se analiza y puede emitir una resolución no vinculante, que el Estado puede no acatar, aunque por lo general lo hace para no perder prestigio en la comunidad internacional.
En la segunda mitad del siglo XX, los gobiernos de facto latinoamericanos adoptaron nuevos objetivos y tácticas dentro de la Doctrina de Seguridad Nacional. Según esta doctrina, los Estados latinoamericanos debían unirse a los Estados Unidos para mantener un equilibrio político y contrarrestar organizaciones políticas e ideología marxista o de ultraderecha.
En 1946 se creó el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad, conocido como la Escuela de las Américas, donde se entrenó a militares y policías que luego cometieron crímenes de lesa humanidad.
El terrorismo de Estado tiene lugar cuando un gobierno genera miedo y ejerce acciones ilegales. Amparándose en la seguridad y defensa del Estado, persiguió, secuestró, violó, desapareció o asesinó personas consideradas peligrosas o que se opusieran al régimen.
Este fenómeno es incompatible con el bien común y se basa en un poder fuerte del Ejecutivo, ejercido por un grupo reducido. El Estado se adjudica la potestad de aplicar la ley usando la estructura de defensa, policial, de información y espionaje, y otros recursos que permiten acciones terroristas con impunidad.
En el contexto de la Guerra Fría, los gobiernos militares interpretaron la realidad dentro de una lógica de amigo-enemigo. Por un lado, una perspectiva occidental y cristiana; por el otro, el comunismo. Esta lógica se extendió a todos los ámbitos, incluso al interior del Estado y de la sociedad.
Los gobiernos militares afirmaban que los Estados eran atacados por enemigos internos en cada país. Ese enemigo era la subversión, nombre dado a personas y organizaciones sociales y políticas que buscaban un cambio del orden social o político. El término fue usado con una carga ideológica para calificar a cualquier persona o grupo como enemigo del Estado.
La subversión fue presentada como un delito social, político y económico, incluso utilizando medios ilegales de comunicación y movilización pública. Sin embargo, según las reglas institucionales, la búsqueda de cambio social no es delito. En cambio, sí lo es cuando se violan leyes y se aplican sanciones penales del sistema legal.
Las dictaduras militares surgieron como supuesta respuesta a conflictos sociales y políticos. Restringieron derechos y garantías de la ciudadanía. Con el argumento de resguardar el orden, la seguridad y las instituciones, modificaron la legislación penal con figuras amplias e imprecisas que permitían sancionar a toda la población.
El resultado fue la inseguridad colectiva, el abuso de autoridad y el desorden institucional, contrario a lo que decían buscar las Fuerzas Armadas.
