Portada » Derecho » Gestión de Incumplimientos Contractuales: Casos Prácticos y Remedios Legales
Este caso aborda la conformidad del remedio ofrecido ante el incumplimiento de la operista Brunetti.
En este caso, la empresa opta por ofrecer la devolución de las entradas o una segunda representación por medio de otro soprano, cuya entrada tendrá el valor de 900 euros. Se considera que este no es el remedio oportuno, dado que la soprano pudo haber cumplido con la obligación tras haberse recuperado de su enfermedad, aunque fuese de forma tardía. Sin embargo, la empresa optó por resolver el contrato directamente y ofertar una nueva representación con otro cantante dos días después, sin ofrecer la posibilidad a la anterior de recuperarse, basándonos en el contenido de los artículos 1201 y 1209 de la propuesta.
El artículo 1124 del Código Civil expone tanto el derecho a resolver el contrato como el derecho a exigir el cumplimiento de la obligación, y en su segundo párrafo establece esta doble opción sin mantener una jerarquía al respecto. Por ello, consideramos que la empresa simplemente ejerce una acción a la que sí tiene derecho según este artículo.
En este supuesto, se trata de un caso de prestación no conforme, por el cual la empresa Laura Home se dispone a entregar los muebles a María, pero no hace entrega de elementos accesorios necesarios para el uso del objeto (en el caso del sofá, sin patas) o bien entrega el objeto roto (en el caso de la cama).
A pesar de que nuestro Código Civil no hace alusión específicamente a la prestación no conforme, se deriva de algunos preceptos, como puede ser el artículo 1101 del Código Civil: «Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas», o el artículo 1098 de dicho Código: «Si el obligado a hacer alguna cosa no la hiciere, se mandará ejecutar a su costa. Esto mismo se observará si la hiciere contraviniendo al tenor de la obligación».
Para estos casos, se establecen una serie de consecuencias jurídicas en nuestro ordenamiento:
Además del Código Civil, se aplica en este supuesto la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que se aplica a las relaciones entre consumidores o usuarios y empresarios (artículo 1).
A raíz del artículo 121 de la Ley de Consumidores y Usuarios, que permite la resolución del contrato pero establece que esta no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia, la defensa de María estipula que dicha falta de conformidad es de carácter esencial para la acreedora al haberse quedado sin una cama para su descanso. Además, en el tiempo en el cual le entregaron los muebles, vinieron a recogérselos y le entregaron el vale, encontró otros de menor precio y que personalmente le gustaban más.
Por otro lado, el artículo 118 de la misma Ley hace referencia a la reparación o sustitución, y dichas soluciones no se ofrecen por parte de Laura Home, al enviarle un vale por el mismo valor de los artículos no conformes.
Por lo tanto, la defensa de la acreedora solicita: