Portada » Historia » Fundamentos del Liberalismo Español: De la Constitución de Cádiz (1812) a la Desamortización de Mendizábal (1836)
El texto propuesto para comentar es un conjunto de artículos de la Constitución Española promulgada en Cádiz en 1812. Es la primera «carta magna» de la Historia de España, si no tenemos en cuenta el Estatuto de Bayona (que fue una Carta Otorgada). Para la realización del comentario seguiremos los siguientes pasos: localización del texto, examen del mismo y contextualización. Finalizaremos con unas breves conclusiones, señalando la importancia que tuvo el texto.
Iniciaremos el examen con la aclaración de algunos conceptos clave que nos ayuden a una mejor comprensión del mismo:
El tema central del texto es la exposición de algunos principios fundamentales de la Constitución y las principales ideas hacen referencia a la soberanía nacional, la división de poderes y la religión nacional. Ampliamos brevemente cada una de estas ideas.
Previamente al articulado se incluye un párrafo que muestra la autoría del texto (las Cortes) y quién la hace publicar (Fernando VII, aunque teniendo en cuenta que está «en cautiverio» se encarga de ello la «Regencia del Reino»).
Finalizaremos nuestro comentario con unas breves conclusiones en las que, sobre todo, remarcaremos la importancia que ha tenido este texto para la historia posterior.
Aunque la Constitución no se llegase a aplicar en su momento por causa de la guerra y, una vez terminada esta, fuese rechazada por Fernando VII, este primer desafío al absolutismo en España sería muy importante en el futuro por servir de modelo no solo a los liberales españoles, sino también a europeos y americanos. Por último, es importante señalar que fue la primera ley fundamental aprobada por un Parlamento Nacional en España.
En definitiva, este documento supone la irrupción de las ideas de la modernidad (razón, contrato social, libertad, derechos individuales) en la política española, hasta entonces anclada en la tradición propia del Antiguo Régimen. Nos encontramos, por tanto, frente al primer paso hacia la Democracia en nuestro país. Es la primera Constitución española (si no tenemos en cuenta el «Estatuto de Bayona»). Los avatares que va a pasar durante el reinado de Fernando VII serán numerosos, siendo abolida en varias ocasiones. Su importancia, además de por ser la primera, deriva del profundo influjo que tuvo en las posteriores Constituciones españolas y americanas.
El texto propuesto para comentar es un fragmento de la Ley Desamortizadora que promulgó Mendizábal en 1836. A través de ella se pretende un triple objetivo: sanear la arruinada hacienda, crear una base social favorable al liberalismo y cercenar el poder de la Iglesia. Para la realización del comentario seguiremos los siguientes pasos: localización del texto, examen del mismo y contextualización. Finalizaremos con unas breves conclusiones, señalando la importancia que tuvo el texto.
Iniciaremos el examen con la aclaración de algunos conceptos clave que nos ayude a una mejor comprensión del mismo:
El tema central del texto es exponer las razones por las que el destinatario (María Cristina, madre de Isabel) debe aprobar la Ley de Desamortización y las principales ideas hacen referencia a los motivos que justifican dicha Ley y los beneficios que la propia Ley reportaría a la nación. Ampliamos brevemente cada una de estas ideas.
Finalizaremos el comentario con unas breves conclusiones en las que señalaremos, entre otras cosas, la importancia que ha tenido para la Historia este documento.