1. Abuso de Funciones y Prevaricación Administrativa
Base Legal: Art. 19 CNUCC / Art. 404 CP (España).
Sujeto Activo: Autoridad o funcionario público.
Conducta: Realización u omisión de un acto en violación de la ley; dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo.
Elemento Subjetivo: Intencionalidad; a sabiendas de su injusticia (dolo directo); fin de obtener un beneficio indebido (según CNUCC).
Pena: Inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de 9 a 15 años.
Nota Comparativa: La CNUCC es de carácter facultativo. El tipo penal español no exige expresamente el fin de obtener un beneficio, a diferencia del estándar internacional.
2. Tráfico de Influencias
Base Legal: Art. 18 CNUCC / Arts. 428 y 429 CP (España).
Sujeto Activo: Funcionario público, autoridad o particular.
Conducta: Influir en un funcionario o autoridad prevaliéndose de su cargo o relación personal para obtener un beneficio. Abuso de influencia real o supuesta; intención de obtener una resolución que genere beneficio económico para sí o un tercero.
Pena: Prisión de 6 meses a 2 años, multa del tanto al duplo del beneficio e inhabilitación o prohibición de contratar.
Nota Comparativa: La CNUCC incluye la «falsa influencia». El CP español exige que la influencia se dirija a obtener una «resolución» con beneficio económico.
3. Atentado contra la Autoridad
Base Legal: Arts. 550 y 551 CP.
Sujeto Activo: Cualquier persona.
Conducta: Acometimiento o resistencia grave contra el servidor público en el ejercicio de sus funciones.
Relación Normativa: Vinculado con la obstrucción del cumplimiento de funciones oficiales mencionada en la CNUCC. Citado como trasposición española relacionada con la protección de funcionarios frente a la obstrucción.
4. Malversación (Peculado y Apropiación)
Base Legal: Art. 17 CNUCC / Art. 432 CP (España).
Sujeto Activo: Autoridad o funcionario público.
Conducta: Apropiarse, consentir que un tercero se apropie o malversar bienes confiados en virtud de su cargo.
Elemento Subjetivo: Ánimo de lucro; cometido intencionalmente; patrimonio a su cargo por sus funciones u ocasión de las mismas.
Pena: Prisión de 2 a 6 años e inhabilitación especial de 6 a 10 años (agravantes hasta 8 años de prisión).
Nota Comparativa: La CNUCC unifica la apropiación y la desviación. Tras la reforma española de 2022, se recuperó la configuración basada en el lucro.
5. Prevaricación Urbanística
Base Legal: Art. 320 CP (España).
Sujeto Activo: Autoridad o funcionario público.
Conducta: Informar favorablemente proyectos o licencias ilegales; silenciar infracciones o votar a favor de licencias injustas.
Elemento Subjetivo: A sabiendas de su injusticia; contravención de las normas de ordenación territorial o urbanística.
Pena: Pena del Art. 404 más prisión de 1 año y 6 meses a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
Nota Comparativa: Forma específica de prevaricación con penas agravadas para proteger la integridad de la ordenación del territorio.
6. Malversación por Distracción
Base Legal: Art. 432 bis CP (España).
Sujeto Activo: Autoridad o funcionario público.
Conducta: Destinar a usos privados el patrimonio público sin ánimo de apropiárselo definitivamente.
Elemento Subjetivo: Ausencia de ánimo de apropiación definitiva; intención de restitución (animus utendi).
Pena: Prisión de 6 meses a 3 años y suspensión de 1 a 4 años; si no se reintegra en 10 días, se aplica la pena del Art. 432.
Nota Comparativa: Se diferencia de la apropiación por el elemento subjetivo de la voluntad de reintegro de los bienes.
7. Malversación Presupuestaria
Base Legal: Art. 433 CP (España).
Sujeto Activo: Autoridad o funcionario público.
Conducta: Dar al patrimonio público una aplicación pública diferente a la originalmente destinada.
Elemento Subjetivo: Aplicación pública (no privada) diferente; no requiere necesariamente un perjuicio económico.
Pena: Si hay daño grave: prisión de 1 a 4 años; si no hay daño grave: inhabilitación de 1 a 3 años y multa.
Nota Comparativa: No tiene delito patrimonial correlativo; sanciona el simple desvío de la finalidad presupuestaria.
8. Encubrimiento
Base Legal: Art. 24 CNUCC / Arts. 451, 454 CP.
Sujeto Activo: Persona que no haya participado en el delito previo.
Conducta: Encubrimiento o retención continua de bienes a sabiendas de que son producto de un delito tipificado en la Convención.
Elemento Subjetivo: Comisión intencional tras la comisión de un delito previo; conocimiento del origen ilícito de los bienes.
Nota Comparativa: El CP español distingue entre encubrimiento real (451.1 y 2) y personal (451.3). Se menciona la evolución del delito de blanqueo de capitales vinculado a convenciones internacionales.
9. Obstrucción a la Justicia
A. Inducción al falso testimonio
Base Legal: Art. 25 a) CNUCC / Art. 458.1 y 2 CP.
Conducta: Promesa, ofrecimiento o concesión de un beneficio indebido para inducir a falso testimonio o para obstaculizar la aportación de pruebas.
Nota: En acuerdos onerosos, también es responsable el que «vende» su testimonio. La CNUCC exige tipificar la conducta accesoria.
B. Uso de fuerza o amenazas
Base Legal: Art. 25 a) y b) CNUCC / Art. 464 CP.
Conducta: Uso de fuerza física, amenazas o intimidación para inducir falso testimonio o para obstaculizar el cumplimiento de funciones oficiales de funcionarios de justicia.
Nota: El Art. 464 CP se aplica cuando se trata de ejercer un mal. El Art. 25 b) de la CNUCC protege específicamente a funcionarios de justicia y fuerzas de seguridad.