Portada » Derecho » Cuestionario de Derecho Internacional: Fundamentos y Procedimientos de Naciones Unidas
Feedback: Las competencias implícitas existen precisamente para evitar tener que reformar el tratado cada vez que surge una necesidad práctica. Se interpretan a partir de la misión y funciones, no requieren reforma alguna.
Feedback: Las competencias implícitas derivan de la necesidad para cumplir la misión, no de una cláusula interpretativa del texto del tratado.
Feedback: Este artículo dice que para convocar la conferencia se necesita 2/3 de la Asamblea General y 9 votos en el Consejo de Seguridad. Esto es incorrecto, porque para que la reforma entre en vigor, el Art. 109 requiere la ratificación de 2/3 de los Estados, incluyendo obligatoriamente a todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. NO dice nada de “9 votos”; ese requisito (9 votos) pertenece al Art. 108 (reforma ordinaria), no al 109.
Feedback: El cambio de 1965 (ampliación del Consejo de Seguridad de 11 a 15 miembros) se hizo según el Art. 108, NO el 109.
Feedback: Aunque el 10 de diciembre es el Día de los Derechos Humanos, esto NO convierte la afirmación en correcta porque el órgano aprobador no es el Consejo de Seguridad: La Declaración fue elaborada por la Comisión de Derechos Humanos y adoptada por la Asamblea General de la ONU.
Feedback: No es un tratado, sino un manifiesto no vinculante.
Feedback: El órgano que sustituyó a la Sociedad de Naciones fue la propia ONU, no el Consejo Fiduciario.
Aclaración: La función principal del Consejo de Administración Fiduciaria fue garantizar la transición de los territorios administrados por fideicomiso hacia su independencia. No gestionaba la Sociedad de Naciones. No es un órgano subsidiario, sino un órgano principal de la ONU.
Feedback: Viola el Artículo 12 de la Carta: “Si el Consejo de Seguridad está ejerciendo sus funciones respecto a una controversia o situación, la Asamblea General deberá abstenerse de hacer recomendación alguna, a no ser que se la pida el propio Consejo.”
Feedback: La Asamblea General sí decide la admisión de nuevos Estados: “La admisión requiere recomendación previa del Consejo de Seguridad.” Pero, que el Consejo de Seguridad lo decida por “9 votos incluidos los P5” pertenece al Art. 27 sobre decisiones del Consejo de Seguridad, NO forma parte de la competencia de la Asamblea General como tal.
Feedback: El Consejo de Seguridad puede remitir situaciones al Tribunal Penal Internacional, pero no imputa a personas. Además, el TPI no pertenece a la ONU: “A diferencia del TIJ, el TPI no pertenece a NU… es una instancia internacional independiente.”
Feedback: Esto pertenece al Capítulo VI: Arreglo pacífico de controversias, artículos 33–38 (NO al VII).
Aclaración: El TIJ sí tiene 15 jueces. Pero el TIJ tiene dos funciones: jurisdicción contenciosa (la principal) y función consultiva (no vinculante). Por lo tanto, la función consultiva NO es “su jurisdicción principal”; lo principal del TIJ es resolver conflictos entre Estados.
Feedback: Rinde cuentas a través de un informe anual que debe presentar sobre las actividades de Naciones Unidas a la Asamblea General. Eso es un informe anual, NO “estudios e informes periódicos para todos los organismos”. Quien realiza estudios e informes internacionales es el ECOSOC, no el Secretario General.
Feedback: No es un mecanismo para resolver disputas entre partes (Estados), como lo es la jurisdicción contenciosa del TIJ. Sirve para emitir opiniones jurídicas no vinculantes sobre cuestiones legales.
Feedback: Los Estados no pueden solicitar dictámenes, solo pueden ser parte en procedimientos contenciosos, y deben aceptar la jurisdicción del TIJ.
Aclaración: Siempre y cuando se prevea en sus textos constitutivos.
Feedback: No importa que haya 705 miembros en total. Solo cuentan los que votan efectivamente.
Feedback: No existe “voto igualitario” (hay veto).
Aclaración: Jurisdicción subsidiaria: la persona acusada de crímenes contra la humanidad solo comparece ante el TPI si no puede ser juzgada en su propio país por estos crímenes. El TPI actúa cuando los Estados no pueden o no quieren juzgar. Es complementario, no exclusivo. Los Estados tienen prioridad para juzgar, y el TPI interviene si no lo hacen.
Feedback: Las competencias implícitas derivan de la necesidad para cumplir la misión, no de una cláusula interpretativa del texto del tratado.
