Portada » Formación y Orientación Laboral » Contratos Laborales en España: Tipos, Requisitos y Modalidades
¿QUÉ ES UN CONTRATO DE TRABAJO? Es un acuerdo entre un trabajador y un empresario, mediante el cual el trabajador se compromete, voluntariamente, a prestar servicios bajo la organización y dirección de un empresario, a cambio de un salario.
Puede ser por escrita o verbal. Todos los contratos laborales deben ser escritos, excepto los siguientes que pueden ser de forma verbal: el contrato indefinido ordinario y los contratos de duración determinada a tiempo completo cuya duración sea inferior a las 4 semanas.
Consiste en fijar un plazo de tiempo durante el cual tanto el empresario como el trabajador pueden comprobar si les conviene o no la relación laboral. Cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato, sin alegar ninguna causa, sin necesidad de preaviso y sin derecho a indemnización. Su duración se establecerá en los convenios colectivos y será la indicada en el estatuto de los trabajadores.
Indefinido (indefinido ordinario, indefinido fijo discontinuo), de duración determinada (de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora, de duración determinada por circunstancias de la producción) y formativo (de formación en alternancia con el trabajo, para la obtención de la práctica profesional).
Son aquellos contratos que no tienen una fecha concreta para su finalización y suponen la incorporación de los trabajadores a la empresa como fijos.
Es un tipo de contrato laboral de carácter indefinido, la actividad laboral se lleva a cabo de forma intermitente en el tiempo.
Son aquellos que tienen una fecha de finalización y deben tener una causa de temporalidad clara, concreta, cierta y válida que los justifique. El estatuto de los trabajadores prohíbe el encadenamiento de contratos temporales estableciendo un límite de 18 meses en un período de 24 meses. Si este límite se supera se convierte en un contrato en fraude de ley y la persona adquiere la condición de trabajadora fija en la empresa.
Es un tipo de jornada, que puede aplicarse a cualquier modalidad de contrato.
Es una empresa temporal y su finalidad es la de contratar a personas para cederlas a otras empresas (usuarias o clientes), para las que trabajarán con carácter temporal.
Artistas, personal técnico y auxiliar, nuevas fórmulas de difusión. Solo es temporal si lo es la actividad. A su fin indemnización de 12 días por año, o de 20 si pasó de 18m.