Portada » Formación y Orientación Laboral » Evolución normativa del sistema sanitario español: derechos, gestión y protocolos clínicos
1908: INP → desarrollo de seguros (Seguro Obligatorio Obrero); 1952: Seguro Obligatorio de Enfermedad: derecho a la atención (acotado); 1962: Ley de Fundamentos de la Seguridad Social: unifica el anterior seguro social; 1964–1975: infraestructuras del sistema sanitario: tres planes de desarrollo; 1977: creación del Ministerio de Sanidad: desaparece el INP (INSALUD, INSS, IMSERSO); 1982: Decreto de Estructuras Básicas de Salud: creación de equipos de Atención Primaria (AP); 1986: LGS: principios de universalidad y de igualdad.
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias: regula las profesiones sanitarias.
Ley 31/2002 de autonomía del paciente: derechos del paciente y del usuario. CI (consentimiento informado): recibir información suficiente, comprensible y adecuada para tomar decisiones libres, voluntarias y revocables en cualquier momento; incluye información, documentación e historia clínica.
Principios:
Ley 16/2003 de cohesión y calidad: reforma de la LGS; Real Decreto 1030/2006: cartera de servicios del SNS; Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril: medidas para garantizar la sostenibilidad del SNS; Ley 8/2010 de ordenación del sistema de salud de Castilla y León: T4: servicio de salud de Castilla y León: Gerencia Regional de Salud.
Definiciones clave:
Gestión: ejecución y supervisión orientadas a lograr objetivos.
Administración: planificación, organización y control de recursos para objetivos a largo plazo.
Definiciones: PINNEAUT: proceso continuo de previsión de recursos para conseguir objetivos. SHAFFER: proceso metódico consistente en definir un problema mediante análisis.
Cinco etapas de la planificación:
Organización: personas que trabajan de manera coordinada en un determinado contexto.
Componentes: tareas, personas, relaciones y órganos.
Tipos: lineal, funcional, línea-staff.
Dirección: liderar, coordinar y controlar los esfuerzos para alcanzar objetivos.
Cinco tareas de la dirección:
Cuatro funciones esenciales: delegación de autoridad, supervisión, coordinación y control.
Cinco elementos de la dirección: orientación, información y formación, toma de decisiones, liderazgo, comunicación y motivación.
Control: supervisa, mide y evalúa que las actividades se ajusten a lo planeado.
Cuatro etapas del control:
Ley Orgánica 2/2010 (reforma): Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero.
Artículo 1–4: objeto, principios y derechos: garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva, consagrar la maternidad libremente decidida y prohibir toda discriminación.
Artículo 7–7 bis: acceso para las personas con discapacidad.
Artículo 9–11 ter: impartir educación sexual en todas las etapas educativas y formar a los profesionales.
Artículo 12: asegura la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Artículos 13 y 13 bis: requisitos para la IVE y regulación de la edad mínima: 16 años sin necesidad de consentimiento paterno.
Artículo 14: IVE durante las primeras 14 semanas: permite la interrupción del embarazo por voluntad de la mujer sin justificar.
Artículo 15 (hasta la semana 22): IVE hasta la semana 22 si existe grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada (requiere 1 informe médico especialista) o graves anomalías en el feto (requiere 2 informes médicos especialistas).
IVE tras las 22 semanas: por anomalías fetales incompatibles con la vida (1 informe médico especialista) o por enfermedad fetal extremadamente grave e incurable (dictamen de comité clínico).
Artículo 16: comité clínico: especialistas que deben valorar la solicitud de aborto y emitir un dictamen.
Objetivo: disminución de la conciencia previa a la inducción del coma (procedimiento clínico descrito).
Fármacos y pautas (según el documento):
Autoadministración oral por parte del paciente
Confirmar previamente:
El propio paciente abrirá la llave de la vía para la administración de la medicación IV.
Se emplea la misma medicación y dosis que para la administración por personal sanitario, salvo una menor dosis inicial de midazolam (0,5–2,5 mg) para que el paciente pueda manejar la apertura de la llave.
En cualquier caso, sea cual sea la modalidad utilizada:
