Portada » Derecho » Fundamentos del Derecho Constitucional y la Constitución Nacional Argentina
La Constitución es un conjunto de normas y principios fundamentales del Estado, emanados del poder constituyente, que regula los derechos y deberes de gobernantes y gobernados, así como también las garantías para los ciudadanos, y establece además la organización y estructura del gobierno.
Según el Artículo 31, la supremacía constitucional significa que la Constitución es la ley máxima, la que está a la cabeza del ordenamiento jurídico. De acuerdo con la definición de Osorio, es la «doctrina según la cual las normas de la Constitución Nacional prevalecen sobre las demás».
En nuestra Constitución, está establecida la supremacía constitucional en el Artículo 31, que dice: «Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas».
Los tratados que tienen jerarquía constitucional, y a los que alude el Artículo 31, son una serie de tratados que fueron incorporados durante la última reforma de 1994:
Según Bidart Campos, es la competencia o capacidad para constituir o dotar de una constitución a un Estado.
Es aquel que se ejerce en la etapa fundacional de todo Estado para darle nacimiento y establecer su estructura. En nuestro país, sería la Convención Constituyente de Santa Fe en 1852, que sancionó la Constitución en 1853.
Es el poder que se ejerce para reformar la Constitución de un Estado. En el caso de nuestra Constitución, tiene que ver con el Artículo 30. Nuestra Constitución ha sufrido sucesivas reformas en los años: 1860, 1866, 1898, 1949, 1957, 1972 y 1994.
El poder constituyente derivado tiene dos límites:
Antes de la reforma de 1994, abarcaban del Artículo 1 al 35; luego de la reforma, se agregaron hasta el Artículo 43 nuevos derechos y garantías. Estos principios son inmodificables porque son la columna vertebral de la ley fundamental, o sea, la Constitución.
Es un proceso que tiene por fin la organización política de la República. Nuestra Constitución Nacional es fruto de un Congreso Constituyente, de la convocatoria de un cuerpo especial que es el poder constituyente originario: la Convención Constituyente.
Esta Convención Constituyente se convocó en base a las disposiciones del Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos. Comenzó sus deliberaciones el 20 de noviembre de 1852, representada por la mayoría de las provincias con la ausencia de Buenos Aires.
Estuvo integrada por:
Estos son quienes tuvieron el honor de debatir los proyectos presentados respecto a los distintos temas, capítulos y partes de nuestro texto constitucional.
