Portada » Psicología y Sociología » Fundamentos de una Pedagogía Transformadora: Amor, Razón y Espiritualidad en la Educación
El amor se refiere a una actitud cotidiana, un conjunto de virtudes, relaciones, actitudes y conductas que se demuestran en palabras, gestos, ayudas, dones, sentimientos de amor, gratitud y cordial disponibilidad. Implica el deseo de compartir la vida y de acompañar prudentemente, permitiendo que el joven se exprese y, al mismo tiempo, ofreciéndole estímulos para que enriquezca su mentalidad. Cuando el joven se siente inmerso en una relación positiva y favorable con los adultos que considera significativos, el amor se traduce en la dedicación del educador como persona entregada totalmente al bien de sus educandos, dispuesta a afrontar sacrificios y fatigas.
«La religión por sí sola es capaz de comenzar y realizar la gran obra de una auténtica educación». La trascendencia hace que los jóvenes descubran el sentido de la vida y la alegría de vivir. Señala la santidad como meta posible de alcanzar, a través del cumplimiento fiel de sus propios deberes. La religión debe brotar de convicciones personales, sin imposiciones, pero estimulada por continuas sugerencias. Los jóvenes deben encontrar respuestas más allá de lo material a los problemas que les interesan (integración trascendencia-vida). La religión no se enseña para obligar las conciencias, sino para permitir a cada uno elegir su sistema de valores: el educando no es libre si no puede elegir entre referencias que conoce. Así, es percibida como elemento de liberación y promoción del individuo y la sociedad.
La razón busca persuadir y corregir, más que reprender y castigar. Usa la persuasión en su función preventiva y motivadora. Implica claridad de ideas y culto de la verdad, así como el dominio de la impulsividad de los sentimientos y las pasiones. Educar para la crítica, no vacía, sino con objetivos concretos y anclada en una experiencia diaria de los hechos, juzgados y valorados.
Según Don Bosco, la razón pide:
La disciplina se divide en dos aspectos fundamentales:
Las prescripciones no bastan para impedir las faltas, y cuando estas se cometen, es menester el aviso y la corrección.
Las sanciones tienen como finalidad estimular el bien, supliendo provisionalmente la inmadurez del joven.