Portada » Formación y Orientación Laboral » Aspectos Clave del Derecho Laboral Chileno: Contratos, Despidos y Derechos
La terminación del contrato de trabajo debe ser notificada por escrito, mediante una carta certificada, con copia a la Inspección del Trabajo, señalando:
Es crucial tener claridad sobre los plazos según el motivo de la terminación:
Las causales de necesidad de la empresa están reguladas en el Artículo 161 del Código del Trabajo. Esta norma permite al empleador poner término al contrato cuando existen razones objetivas que justifican prescindir de uno o más trabajadores. Estas razones pueden ser de tipo económico, técnico, estructural o relacionadas con la modernización de la empresa.
Para que esta causal sea válida, deben cumplirse ciertos requisitos:
Si el empleador no logra demostrar que la necesidad era real y necesaria, el despido puede ser considerado injustificado por un tribunal.
El Principio Protector es uno de los fundamentos más importantes del Derecho del Trabajo. Su objetivo principal es proteger al trabajador, ya que se encuentra en una posición de inferioridad frente al empleador, tanto económica como jurídicamente.
Este principio busca equilibrar la relación laboral mediante normas que favorecen al trabajador, y se manifiesta a través de tres reglas concretas:
Este principio está presente en toda la legislación laboral chilena y también ha sido reconocido por la jurisprudencia y los organismos administrativos del trabajo.
El feriado legal ordinario es el descanso anual pagado al que tiene derecho todo trabajador con contrato indefinido que haya cumplido al menos un año de servicio con el mismo empleador.
Los títulos de crédito pueden transferirse de diferentes formas, dependiendo del tipo de título. Existen tres formas principales de transferencia, según cómo esté emitido el documento:
Se transfiere por simple entrega del documento, sin necesidad de firma ni endoso.
Ejemplo: cheque al portador.
Se transfiere por endoso y entrega del título.
El endoso es una firma del titular al reverso del documento o en hoja anexa, autorizando a otra persona a cobrarlo.
Ejemplo: letra de cambio, pagaré.
Está emitido a nombre de una persona específica y solo puede transferirse mediante:
Ejemplo: pagaré nominativo.
Las causales objetivas para poner término al contrato de trabajo están reguladas principalmente en el Artículo 161 del Código del Trabajo, y se conocen como causales por necesidades de la empresa.
Estas son:
Estas causales son consideradas objetivas porque se basan en hechos externos al trabajador y no dependen de su conducta personal, a diferencia de las del Artículo 160 (incumplimientos graves).
Esta causal se aplica cuando existen razones justificadas de tipo:
El empleador puede poner término al contrato sin necesidad de justificación, solo por su voluntad, pero solo en contratos indefinidos.
Para que un trabajo esté comprendido dentro de la legislación laboral chilena, debe cumplir con ciertas características esenciales que permiten reconocer la existencia de una relación laboral. Estas características están establecidas principalmente en el Artículo 7° del Código del Trabajo.
La subordinación y dependencia es el elemento principal y característico del contrato de trabajo. Está regulado por el Artículo 7° del Código del Trabajo y es lo que distingue una relación laboral de otras formas de prestación de servicios, como los contratos a honorarios.
Este elemento significa que el trabajador está sujeto a las órdenes, instrucciones y control del empleador, dentro de una organización de trabajo que no le pertenece.
Este elemento es clave porque, si no existe subordinación y dependencia, no se aplica la legislación laboral.
Por ejemplo, si una persona trabaja por su cuenta, sin estar bajo dirección ajena, no se le puede considerar trabajador dependiente y no tiene derecho a indemnizaciones, vacaciones, ni cotizaciones obligatorias. Además, la existencia de este elemento activa los derechos laborales: estabilidad, jornada, sueldo mínimo, feriado legal, fuero, entre otros.