Portada » Derecho » Régimen Jurídico del Servidor Público en México: Derechos, Cese Laboral y Responsabilidades
El Artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) contempla dos derechos fundamentales esenciales para los ciudadanos y servidores públicos: el derecho de reunión y el derecho de asociación.
Implica la libertad de todos los habitantes de la República para congregarse con otros con cualquier finalidad y objeto, siempre que dicha reunión sea pacífica y tenga un objeto lícito.
Consiste en la libertad de todos los habitantes para conformar por sí mismos o con otras personas, entidades que tengan una personalidad jurídica distinta de sus integrantes.
El Artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE) establece las causas por las que cesan los efectos del nombramiento sin responsabilidad para la dependencia (terminación laboral por causa justificada):
El Artículo 46 Bis establece que, cuando el trabajador incurra en uno de los supuestos del Artículo 46, fracción V, se levantará un Acta Administrativa para cesar los efectos del Nombramiento del servidor público sin responsabilidad para la dependencia.
El Acta Administrativa es un acto jurídico formal, realizado por una autoridad administrativa, mediante el cual se acredita un hecho jurídico específico revestido de formalidades.
De acuerdo con el Artículo 46 Bis, el trabajador puede demandar si así lo considera, anexando como documento base el acta administrativa.
El Artículo 813 establece que todas las personas que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar están obligadas a declarar como testigos.
Límite de Testigos: La parte que ofrezca prueba testimonial solo podrá ofrecer un máximo de tres testigos por cada hecho.
Término Previo para Citar a la Instrumentación del Acta (Art. 735 LFT): Cuando la realización o práctica de algún acto procesal o el ejercicio de un derecho no tengan fijado un término, este será de tres días hábiles (aplicando supletoriamente la Ley Federal del Trabajo).
Se entiende como el conjunto de instituciones, normas y mecanismos que buscan proteger y garantizar los derechos de los Servidores Públicos (SP) cuando son víctimas de delitos, acoso laboral, abuso de autoridad o violaciones a sus derechos humanos dentro del ámbito de la administración pública.
Los Servidores Públicos (SP) están sujetos a una regulación especial en razón de su función pública. El Sistema de Responsabilidades establece sanciones específicas cuando incumplen sus deberes, rigiéndose por la ley aplicable a la materia o rama de su competencia.
El principio de la «Lex Aquilia» establece que quien haga daño tendrá la obligación de repararlo. Este principio se aplica cuando el SP comete un daño al patrimonio de particulares.
El Artículo 109 de la CPEUM sienta las bases del sistema de responsabilidades. Los tipos de responsabilidad son:
