1. La carga en camiones de más de 5 metros: Puede sobresalir 2 metros por la parte delantera y 3 metros por la parte trasera.
2. La carga en turismos: Solo puede sobresalir por la parte trasera; un 15% si la carga es indivisible y un 10% si es divisible.
3. La carga en motocicletas: Puede sobresalir 0,25 metros por la parte trasera y 0,50 metros por cada lado desde el eje central.
Límites de Velocidad según el Tipo de Vehículo y Vía
4. Turismos, motocicletas, autocaravanas de hasta 3500 kg y pick-up: 120 km/h en autopistas/autovías y 90 km/h en carreteras convencionales.
5. Autobuses, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables: 100 km/h en autopistas/autovías y 90 km/h en carreteras convencionales.
6. Camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas de más de 3500 kg, vehículos articulados y vehículos con remolque: 90 km/h en autopistas/autovías y 80 km/h en carreteras convencionales.
7. Triciclos y cuadriciclos: Su velocidad máxima es de 45 km/h. En poblado, la velocidad máxima para los cuadriciclos es de 70 km/h.
8. Autovía dentro de poblado: El límite de velocidad para todos los vehículos es de 80 km/h.
9. Velocidad máxima para camiones de más de 3500 kg en carretera convencional: 80 km/h.
10. Intersecciones con poca visibilidad: La velocidad máxima es de 50 km/h si la intersección no está señalizada (señal X).
11. Autocaravanas de más de 3500 kg en carretera convencional: 80 km/h.
12. Turismo con remolque en autovía: La velocidad máxima es de 90 km/h.
13. Cuadriciclo de motor en carretera convencional: Su velocidad máxima es de 70 km/h.
14. Adelantamiento para derivados de turismo: En carretera convencional, pueden alcanzar un máximo de 90 km/h para adelantar.
15. Adelantamiento para motocicletas: En carretera convencional, pueden alcanzar un máximo de 110 km/h para realizar la maniobra.
Normas de Circulación para Peatones y Vehículos Pesados
16. Peatones fuera de poblado: Deben circular por el lado izquierdo de la vía.
17. Conjuntos de vehículos de más de 8 metros: Fuera de poblado, deben circular por el carril derecho y solo pueden utilizar el carril inmediato superior si las circunstancias lo permiten y es necesario.
18. Peatón que empuja un vehículo: Debe circular por la derecha, por la calzada o el arcén, siguiendo el sentido de la marcha.
Factores de Riesgo: Alcohol, Drogas y Tiempos de Reacción
19. Consumo de alcohol o drogas: La capacidad de reacción disminuye y el tiempo de reacción aumenta.
20. Capacidad de reacción: Es la habilidad que posee un conductor para esquivar un obstáculo o responder ante un imprevisto.
21. Pasajeros en motocicletas: Al llevar un pasajero, la distancia de frenado aumenta debido al incremento de peso.
22. Relación velocidad-reacción: Al aumentar la velocidad, aumenta proporcionalmente la distancia de reacción.
23. Distancia de reacción y frenado: Es importante recordar que no son el mismo concepto.
Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
24. Próxima ITV para turismos: Tras la primera inspección, se realiza cada 2 años (según antigüedad).
25. Motocicletas con más de 5 años: Deben pasar la ITV cada dos años.
26. Furgones de más de 3500 kg: La inspección técnica periódica es bienal hasta que el vehículo cumple los 6 años.
27. Turismos de uso privado con 11 años de antigüedad: Deben someterse a la inspección técnica periódica cada año.
Señalización, Alumbrado y Maniobras
Señales y Prioridades
28. Curvas peligrosas: En tramos señalizados como curvas peligrosas, está permitido el uso de la luz antiniebla delantera si la vía es muy estrecha.
29. Puertos de montaña (Pajares): A partir de la señal situada en un puerto, la velocidad máxima para turismos y motocicletas es de 30 km/h.
30. Carril reservado para autobuses: Se identifica mediante una señal cuadrada azul con la silueta de un autobús.
31. Agente con brazos extendidos horizontalmente: Indica la obligación de detenerse a los vehículos hacia los que el agente dirige sus brazos.
32. Cómputo de carriles: No se tendrán en cuenta los carriles reservados a determinados vehículos.
33. Letras P y N: Indican la proximidad de un paso a nivel, ya sea con o sin barreras.
34. Línea discontinua ancha: Indica la presencia de un carril especial.
35. Semáforo con línea blanca horizontal: Prohíbe el paso a autobuses de líneas regulares y tranvías.
38. Estrechamientos en pendientes: En tramos de gran pendiente ascendente, tiene prioridad el vehículo que circula en sentido ascendente.
39. Cambio de rasante: Es el lugar donde se encuentran dos tramos de vía con distinta inclinación.
Uso del Alumbrado
36. Alumbrado de gálibo: Es obligatorio para vehículos con una anchura superior a 2,10 metros.
37. Catadióptricos: Dispositivos que reflejan la luz proveniente de una fuente luminosa externa.
40. Conducción nocturna en carretera convencional: Con iluminación insuficiente y circulando a más de 40 km/h, es obligatorio el uso del alumbrado de largo alcance.
41. Ante la duda: Se deben encender siempre las luces de cruce.
42. Túneles insuficientemente iluminados: En vías interurbanas, si se circula a 80 km/h, se debe utilizar el alumbrado de largo alcance (carretera) siempre que no se deslumbre a otros usuarios.
43. Transportes especiales: En caso de avería, además de la señal V-2, deben encender la luz de cruce y la de emergencia.
44. Señal de final de tramo: Indica el fin del tramo donde es obligatorio el alumbrado de cruce o corto alcance.
45. Vehículos sin antiniebla delantero: En condiciones adversas, se debe utilizar la luz de posición junto con la de corto alcance.
Seguridad Activa, Pasiva y Permisos de Conducir
Sistemas de Seguridad
46. Tipos de Airbags: Además de los frontales, existen laterales, de techo (cortina) y de rodilla.
47. Seguridad Activa: Incluye el alumbrado, los neumáticos y los frenos.
48. Seguridad Pasiva: Incluye el cinturón de seguridad, los airbags, el casco y los apoyacabezas.
49. Seguro Obligatorio: No cubre los daños personales que sufra el conductor responsable del accidente.
Permisos y Categorías
50. Permiso de conducción clase A1: Autoriza a conducir motocicletas de hasta 125 cc con una potencia no superior a 11 kW.
51. Motocicletas con remolque: No está permitido circular con ellas entre la puesta y la salida del sol.
52. Permiso B: Permite conducir un tractor agrícola de más de 3500 kg, incluso si lleva enganchado un remolque.
53. Definición de motocicleta: Vehículo de dos ruedas sin sidecar, con motor de combustión interna y cilindrada superior a 50 cm³.
Tasas de Alcoholemia
54. Tasas generales:
General: 0,25 mg/l en aire (0,5 g/l en sangre).
Novel: 0,15 mg/l en aire (0,30 g/l en sangre).
Profesional: 0,15 mg/l en aire (0,30 g/l en sangre).
55. Conductores de camiones de menos de 3500 kg: Tienen una tasa permitida de hasta 0,25 mg/l en aire espirado.