Portada » Magisterio » NIA 705 y 700: Tipos de Opinión y Estructura del Informe de Auditoría Independiente
Esta Norma Internacional de Auditoría (**NIA**) trata de la **responsabilidad** que tiene el auditor de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 700, concluya que es necesaria una **opinión modificada** sobre los **estados financieros**.
Esta NIA establece tres tipos de opinión modificada, denominadas:
La decisión sobre el tipo de opinión modificada que resulta adecuado depende de:
El auditor expresará una **opinión con salvedades** cuando:
El auditor expresará una **opinión desfavorable (o adversa)** cuando, habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son **materiales y generalizadas** en los estados financieros.
El auditor **denegará la opinión** (o se abstendrá de opinar) cuando no pueda obtener **evidencia de auditoría suficiente y adecuada** en la que basar su opinión y concluya que los posibles efectos sobre los estados financieros de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser **materiales y generalizados**.
Término utilizado, al referirse a las incorrecciones, para describir los efectos de estas en los estados financieros o los posibles efectos de las incorrecciones que, en su caso, no se hayan detectado debido a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Son efectos generalizados sobre los estados financieros aquellos que, a juicio del auditor:
Opinión con salvedades, opinión desfavorable (adversa) o denegación (abstención) de opinión.
Esta Norma Internacional de Auditoría (**NIA**) trata de la **responsabilidad** que tiene el auditor de formarse una opinión sobre los **estados financieros**. También trata de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoría de estados financieros.
Los objetivos del auditor son:
El término **marco de imagen fiel** se utiliza para referirse a un marco de información financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos.
Opinión expresada por el auditor cuando concluye que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el **marco de información financiera aplicable**.
16. El auditor expresará una **opinión no modificada (o favorable)** cuando concluya que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
17. El auditor expresará una **opinión modificada** en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705, cuando:
El objetivo del auditor, una vez formada una opinión sobre los estados financieros, es llamar la atención de los usuarios, cuando a su juicio sea necesario, por medio de una clara comunicación adicional en el informe de auditoría, sobre:
Un párrafo incluido en el informe de auditoría que se refiere a una cuestión presentada o revelada de forma adecuada en los estados financieros y que, a juicio del auditor, es de tal importancia que resulta **fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros**.
