Portada » Derecho » Fundamentos y Procedimientos Clave de la Reforma Electoral Mexicana: INE, Reelección y Partidos Políticos
Contiene a todos los ciudadanos registrados ante el INE.
Solo incluye a los ciudadanos con credencial vigente.
En el ámbito federal se contempla que los legisladores puedan reelegirse hasta por 12 años. Los senadores podrán hacerlo hasta por un periodo consecutivo, mientras que los diputados lo podrán hacer hasta por tres periodos consecutivos.
Los OPLES son los organismos que tienen a su cargo la organización de las elecciones en el ámbito local.
Se integrarán por un Consejero Presidente y seis consejeros electorales. Adicionalmente, el Consejo General se integrará con un representante por cada partido político, solo con derecho a voz.
Se requiere obtener el tres por ciento de la votación válida en la elección inmediata anterior.
Deberán ser elaborados exclusivamente con material textil.
La figura de la Oficialía Electoral cumplirá la función de dar fe de hechos y actos electorales a solicitud de los candidatos, partidos políticos y candidatos independientes.
Los partidos políticos estarán obligados a garantizar que el 50 por ciento de sus candidaturas a legisladores federales y locales sean ocupadas por mujeres.
A la coalición total le será otorgada la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y T.V. establecida en el COFIPE, en el 30% que corresponda distribuir en forma igualitaria, como si se tratara de un solo partido.
COFIPE: Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Se define el concepto de precampaña electoral como el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a cargos de elección popular registrados por cada partido.
El partido lo comunicará al Consejo General (CG) dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación. Ahí se señalará la fecha de inicio del proceso interno; el método o métodos que serán utilizados; la fecha para la expedición de la convocatoria; los plazos de cada fase del proceso interno; los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia; la fecha de celebración de la asamblea electoral nacional, estatal, distrital o, en su caso, de realización de la jornada comicial interna.
Las precampañas darán inicio al día siguiente de que se apruebe el registro interno de los precandidatos. Las precampañas no excederán las dos terceras partes del tiempo previsto, según corresponda, para las campañas electorales.
Se entienden como el conjunto de actos y procedimientos relativos a su organización y funcionamiento.
Las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales, solo podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los supuestos previstos por la ley.
El SIJE es un instrumento de recopilación, transmisión, captura y procesamiento de datos durante la jornada electoral que está planeado para que opere desde cada sede distrital, a partir de la información recopilada por los Capacitadores y Auxiliares Electorales en sus recorridos por las casillas.
Art. 287 LGIPE: Una vez cerrada la votación y llenado y firmado el apartado correspondiente del acta de la jornada electoral, los integrantes de la mesa directiva procederán al escrutinio y cómputo de los votos sufragados en la casilla.
Artículo 298. LGIPE: Concluidas por los funcionarios de la mesa directiva de casilla las operaciones establecidas en los artículos anteriores, el secretario levantará constancia de la hora de clausura de la casilla y el nombre de los funcionarios y representantes que harán la entrega del paquete que contenga los expedientes. La constancia será firmada por los funcionarios de la casilla y los representantes de los partidos y de Candidatos Independientes que desearen hacerlo.
Procedimiento para asegurar y preservar los paquetes electorales desde que salen de las casillas electorales el día de la elección hasta la celebración de la sesión de cómputo.
Procede cuando la diferencia entre el primero y el segundo lugar es de un punto porcentual o menos.
El principio de certeza puede entenderse como la necesidad de que todas las actuaciones que desempeñen las autoridades electorales estén dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean completamente verificables, fidedignos y confiables (*SUP-REC-1638/2018*).
Mecanismo implementado por el INE para aquellas personas que estén imposibilitadas para acudir a la casilla el día de la Jornada Electoral. Se realizará en modalidad tipo postal en domicilio.
El 20 de febrero de 2019, la Sala Superior del Tribunal concluyó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar.
Aquellas acciones cuyo objetivo es borrar o hacer desaparecer la discriminación existente en la actualidad o en el momento de su aplicación.
Nota: Mayormente en Senadores se aplica una fórmula de cada uno.
