Portada » Economía » Fundamentos Económicos de la Disuasión, el Bienestar y la Eficiencia del Mercado
La tasa de descuento debe estar presente en la ecuación como un factor determinante. Si su valor es 1, se considera neutro. La ecuación de la tasa de descuento modula el beneficio esperado, el cual dará lugar posteriormente a la sanción que se va a imponer. Si se demora el proceso de imposición de la sanción, esta debería ser mayor proporcionalmente. Todo depende del factor de descuento, pero el efecto es el mismo.
Esas cifras de la ecuación no se suelen tener en cuenta de forma estricta porque es difícil asignarles un valor exacto; se trata de un planteamiento teórico. Lo fundamental es considerar que S > B (Sanción mayor que Beneficio); todo lo demás es una disposición práctica de los distintos componentes que deben integrar la sanción.
La sanción esperada es la combinación de la probabilidad y la indeseabilidad en el derecho sancionador. No se define simplemente como una sanción mayor que el beneficio, aunque el resultado final deba cumplir la premisa S > B. Dado que la probabilidad aún no está clara, se utiliza la siguiente fórmula para determinarla:
P(s) = Pd * Pi * Pc * Pe
La sanción esperada debe ser mayor que el beneficio. Si la probabilidad de sanción se pondera, hay que considerar diversos valores:
En cuanto a la preferencia por el riesgo, observamos dos comportamientos:
Aquellos que poseen una preferencia por el riesgo suelen tener una percepción alterada de la probabilidad de ser detectados. Para corregir esto, se debe:
El Producto Interior Bruto (PIB) de un país es la producción de bienes y servicios finales en una economía en un periodo determinado (trimestral o anual), representando las adquisiciones en un mercado nacional. Los mercados, al buscar ganancias y eficiencia, se apoyan en la maximización de sus excedentes.
Un excedente maximizado demuestra que un mercado funciona correctamente, dando lugar al Primer Teorema de la Economía: si los mercados son universales, los equilibrios competitivos son asignaciones eficientes. En caso de que un mercado no funcione correctamente, aunque existan equilibrios (ineficientes), los excedentes no serán máximos y no se producirá eficiencia ni equidad.
El Estado, mediante el principio de autoridad (relación win/loss), decide intervenir en el mercado por motivos de eficiencia (ante fallos de mercado) y por motivos de equidad. Para garantizar el bienestar, la intervención estatal es necesaria a través de políticas públicas que aseguren la equidad en un marco de eficiencia. El Estado interviene mediante:
En el caso de un Estado corrupto, las políticas públicas no serán eficaces y no habrá ganancia social. Según los modelos de Schelling, a mayor proporción de corruptos en un país, la utilidad global de la economía disminuye drásticamente, alejando a la sociedad del bienestar.
El excedente del consumidor (o de la demanda) es la diferencia entre la cantidad máxima que un comprador está dispuesto a pagar y lo que realmente paga. Si el excedente es cero, el precio de mercado iguala exactamente la disposición a pagar. En una demanda perfectamente elástica (curva horizontal), el precio pagado y la disposición marginal a pagar son idénticos.
El Dilema del Prisionero describe cómo la racionalidad individual conduce a resultados colectivos subóptimos. Si un acto corrupto se estructura así, la estrategia dominante es la traición o confesión. Aunque la cooperación (silencio) maximizaría el beneficio conjunto, cada individuo tiene incentivos para delatar al otro y reducir su propia sanción. Por tanto, el pacto de silencio es per se inestable, alcanzando un Equilibrio de Nash de delación mutua.
No es recomendable limitar la sanción al pago a las víctimas si el objetivo es la disuasión. El pago de daños ($D$) es propio del derecho civil, pero un delincuente racional actuará si su beneficio ($B$) supera al daño ($B > D$).
Para que una sanción sea eficaz bajo el Análisis Económico del Derecho (AED), se requieren normas de inalienabilidad. La fórmula de la sanción eficaz es:
S > B / Ps
Donde Ps es la probabilidad de detección. Simplemente compensar a la víctima no garantiza que la sanción supere el beneficio esperado, fallando en el objetivo disuasorio.
Existe una relación inversa entre la severidad de la sanción y la probabilidad de detección. En delitos de corrupción, donde Ps es muy baja, la fórmula obliga a imponer multas astronómicas para mantener la disuasión. Sin embargo, el principio de proporcionalidad exige que la pena se ajuste al daño, no a la dificultad de captura. Esto genera una tensión entre la eficacia económica y la justicia retributiva.
Cambiar multas por cárcel no elimina el conflicto. Si la probabilidad de detección es baja, las penas de prisión deberían ser extremadamente largas, chocando con:
Si la probabilidad de detección (Ps) fuera igual a 1 (100%), la fórmula se simplificaría a S > B. En este escenario de certeza absoluta, bastaría con una sanción ligeramente superior al beneficio para disuadir, permitiendo que la pena sea proporcional y eficaz simultáneamente.
