Portada » Derecho » Fundamentos del Derecho de Obligaciones: Cumplimiento y Remedios Legales
Es la entrega del deudor de la cantidad debida al acreedor, o bien la prestación debida.
El mismo deudor o un tercero con interés jurídico en la obligación.
Puede ser en moneda extranjera o mediante objetos diversos (dación en pago).
En la fecha y lugar que se hubiere designado. Se puede hacer en el domicilio del deudor o donde designe el acreedor.
Establecido por la ley como un medio al alcance del deudor para el cumplimiento de la obligación.
Si el acreedor se niega a recibir el pago o cuando es desconocido, incapaz o ausente, la autoridad emite una resolución para que la obligación quede saldada.
Es un convenio en el cual el acreedor acepta recibir de su deudor un objeto diverso del debido, extinguiendo la obligación.
Transmisión de sus bienes que realiza el deudor a su acreedor en pago de su adeudo.
Debe ser en moneda de curso legal, como es el peso, o en otros casos las partes pactan para que el pago se haga en divisa extranjera.
Las obligaciones deben ser cumplidas, porque de lo contrario el acreedor puede exigir el cumplimiento forzoso o bien su resolución.
Es la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio de una persona que la ley considera frente a la responsabilidad.
Privación de cualquier ganancia lícita que se habría obtenido de no haberse realizado la responsabilidad frente a la ley.
Cláusula por la cual las partes convienen en que el contrato será resuelto si una de ellas no cumple su obligación.
Es el retardo culpable en el cumplimiento de la obligación. No se abandona el compromiso, sino que no se ejecuta en el tiempo y forma establecidos.
Es una conducta humana culpable por la intención o por negligencia.
Todo aquello contrario a la ley.
Es una circunstancia que permite exigir a una persona la responsabilidad por una lesión.
Es una acción u omisión con el ánimo de perjudicar, con la consecuencia del daño que causó.
Son los supuestos en los cuales la obligación no se puede cumplir debido a que el deudor se ve impedido.
Circunstancia natural que lo impide.
Acción humana que lo impide.
Los efectos son los mismos: el deudor quedará liberado de su ejecución.
Acción que tiende a restituir los derechos del acreedor.
Cuando el deudor, de manera intencional, se desprende de sus bienes con la intención de quedar insolvente.
Procede cuando la enajenación o el gravamen impuesto ocasione la insolvencia del deudor.
Que el acto produzca la insolvencia del deudor.
Procede en actos o títulos gratuitos, aunque el tercero actúe de buena fe.
Procede si el tercero es cómplice del fraude.
Cuando los bienes y créditos del deudor no igualan las deudas.
Representación de una cosa fingiendo que no lo es; es una conducta hipócrita.
Es el derecho que tiene un acreedor para cobrar lo que le deben, usando los derechos de su deudor contra terceros que le deben dinero a este. Es una acción legal que ejerce un acreedor en lugar de su deudor, cuando este no exige lo que le deben. El acreedor actúa contra el deudor de su deudor para recuperar lo que le corresponde.