Portada » Magisterio » Evolución de la normativa educativa española y organización escolar: leyes, objetivos y estructura
LGE: llamada Ley Villar Palasí. Establece la obligatoriedad y la gratuidad de una educación básica unificada hasta los 14 años. Modelo tecnocrático: decisiones tomadas de arriba a abajo; personal técnico y experto busca un equilibrio entre la tradición cultural y las presiones políticas, sociales y culturales. Aspecto formal y aspecto práctico: desarrolla programas de contenidos que habían elaborado en libros de texto. Pervive el viejo problema de la orientación de los programas escolares hacia los contenidos de las disciplinas científicas.
LOECE: cambios políticos sustanciales. Orientación democristiana de la política educativa; paso en el proceso de democratización y aumento de la participación de la sociedad en el sistema educativo (se crean consejos de dirección). Legisla para primaria y secundaria y concede libertad para la creación de centros; amplias facultades de la dirección. Sigue vigente el eficientismo tylerista (ideología tecnocrática que trata de dar soluciones técnicas a problemas sociales complejos). Miembros de los movimientos de renovación pedagógica se consolidan como fuente de ideas y prácticas reformistas en el interior del aula. El PSOE afirmó que no respetaba el espíritu de la Constitución.
LODE: el trámite de esta ley se retrasó su aprobación más de un año. Se admitió que se sostuvieran centros privados con dinero público; establece el régimen de conciertos vigente actualmente. Trata de hacer los colegios menos privados y más públicos a través de la participación. Los consejos escolares ensanchan las vías de participación. El acceso del alumnado a los centros privados concertados responde a criterios similares a los de los centros públicos.
LOGSE: reestructuración del sistema educativo: enseñanza obligatoria hasta los 16 años, con incorporación de ciclos superiores de EGB y la FP1 a una educación secundaria obligatoria. Nacen las etapas de educación infantil (no obligatoria), educación primaria y educación secundaria obligatoria. Racionalidad práctica: reflexión y crítica sobre la propia práctica. Constructivismo como base psicológica dirigida a la concepción del currículo. El DCB comprende todo aquello que el medio escolar ofrece como posibilidad de aprender; comprende medios y evaluación. No había una tradición histórica que favoreciera la reforma desarrollada a gran escala; la mejor garantía de funcionamiento es la reflexión, la experimentación y la evaluación del profesorado.
LOPEG: también llamada ley Partierra. Modifica la LODE; otorgaba a los centros una mayor autonomía y obligaba a los colegios concertados a admitir al alumnado de minorías sociales. La dirección seguía siendo escogida por el consejo escolar y desarrollaba el cargo durante cuatro años. Mayor autonomía de gestión; refuerzo de la función inspectora. Interés en que el proyecto educativo se haga público para facilitar la información a las familias. Prevé la jubilación anticipada del profesorado a los 60 años.
LOCE: apuesta por la autonomía pedagógica y plantea los proyectos educativos como instrumentos para favorecer la diferenciación. Establecimiento de itinerarios diversificados. Relevancia de las evaluaciones externas a la escuela; orientación más neoliberal. Se favorece la escuela privada en detrimento de la pública; preocupación por mejorar los resultados del alumnado con más talento en atención al currículo.
LOE: proporcionar una educación de calidad; esfuerzo de cada agente educativo y compromiso con los objetivos educativos planteados por la UE. El consejo escolar recupera competencias que perdió con la LOCE; el proyecto educativo se elabora mediante las directrices del consejo escolar. La administración se ha reservado una parcela para la elección del director. Polémica en los contenidos (religión o no, y educación para la ciudadanía y derechos humanos). Escuela inclusiva, democrática y comprensiva.
LOMQUE:
Definición: conjunto de elementos (equipos, cargos, servicios, órganos de gobierno…) y las interrelaciones entre ellos.
Dimensiones de la estructura:
Condicionantes:
ROF: reglamento que regula de forma ordenada y sistemática la estructura de organización y gestión de los centros de educación infantil y primaria y su régimen académico.
Elaboración: lo elabora la Consellería de Educación del gobierno autonómico.
Finalidad: regula los órganos de gobierno de las escuelas y sus competencias.
Normativa de referencia: Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria.
Definición: órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y decidir sobre los aspectos educativos del centro.
Composición: director y todo el profesorado.
Competencias:
Macropolítica: análisis sociopolítico de las estructuras que superan al centro escolar: representadas por esferas comunitarias locales, comarcales, estatales… Nivel de análisis desarrollado en política educativa. Interés renovado en investigaciones como las de Blase.
Micropolítica: análisis sociopolítico de la vida interna, de la política interior de un centro educativo. Nivel de análisis importante en la actualidad. Término acuñado en Norteamérica por Iannaccone en 1975. Definición: «lado oscuro» de la vida organizativa; las estrategias mediante las cuales individuos y grupos en contextos organizativos tratan de utilizar sus recursos de autoridad e influencia para promover sus intereses.
