Caso nº 17. 1.DELITOS APLICABLES Estaríamos ante un claro delito de hurto Recogido en el artículo 234 del Código Penal. En particular, se trataría de un Hurto agravado del apartado 3 especialmente pensado para estos casos y producto De la reforma operada en el 2015. 2.PRINCIPALES
Violación de secretos y de la privacidad En este caso, el bien jurídico protegidoes tanto la libertad, como la privacidad de las personas, sobre el desarrollo de su personalidad y sus vidas. Cuando se habla de correspondencia, se hace referencia a la comunicación escita entre dos pers