Portada » Economía » Emprendimiento y Constitución de Empresas: Formas Jurídicas y Planificación
En el ámbito empresarial, es fundamental comprender las figuras clave que impulsan la actividad económica:
Las razones para crear una empresa son múltiples: obtener beneficios, trabajar para uno mismo, seguir la tradición familiar, descubrir una oportunidad de negocio, entre otras.
Las unidades de producción (empresas) necesitan factores productivos (recursos naturales, capital, trabajo) para producir bienes o prestar servicios. A cambio del uso de dichos factores, la empresa remunera a sus propietarios y hace uso de otros bienes ya producidos: los medios de producción. Todas estas observaciones definen el sistema de la empresa y determinan los elementos que hay que tener en cuenta para la creación y puesta en marcha de una unidad de producción. En definitiva, ya sea individualmente o mediante un grupo de personas, el éxito o el fracaso del negocio dependen de la viabilidad comercial y técnica de la idea.
Es toda persona física o jurídica, pública o privada, que contrata personal para la prestación de servicios. El trabajo realizado por los empresarios o autónomos no está sometido a la legislación laboral, salvo en aquellos aspectos que, por precepto legal, se disponga expresamente.
Para determinar qué forma jurídica escoger, es preciso tener en cuenta las características que diferencian unas de otras:
Es la forma que menos gestiones y trámites requiere. Óptima cuando se tiene poco volumen de negocio y un tamaño muy reducido. El principal inconveniente es que, si los beneficios son altos, terminará sometido a tipos impositivos muy elevados. Su personalidad es física, el número de socios es uno, su fiscalidad es IRPF, no necesita capital inicial y su responsabilidad es ilimitada.
Hay que realizar un contrato privado detallando las aportaciones que se realizan y el porcentaje de participación de cada comunero. Su personalidad es física, tienen que ser como mínimo dos socios, su fiscalidad es IRPF, no necesita capital inicial y su responsabilidad es ilimitada.
Pueden tener o no personalidad jurídica en función de los pactos que se hagan. Cabe la posibilidad de diferenciar dos tipos de socios: socios capitalistas (aportan bienes) y socios industriales (aportan trabajo). Su personalidad es física, tienen que ser como mínimo dos socios, su fiscalidad es IRPF, no necesita capital inicial y su responsabilidad es ilimitada.
La sociedad responde ante las deudas con su patrimonio, pero los socios lo hacen de forma subsidiaria, ilimitada y solidaria. Al socio que únicamente aporta bienes se le denomina socio capitalista. El que solo aporta industria, socio industrial. Su personalidad es jurídica, tienen que ser como mínimo dos socios, su fiscalidad es Impuesto de Sociedades, no necesita capital inicial y su responsabilidad es ilimitada.
Permite participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio resultante cuando se liquida la sociedad. La distribución de dividendos se lleva a cabo en función de la aportación realizada. Su personalidad es jurídica, tienen que ser como mínimo un socio, su fiscalidad es Impuesto de Sociedades, su capital mínimo es de 3.005,06 euros y su responsabilidad es limitada al capital aportado.
En el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio, hay que presentar las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria. En la denominación tiene que figurar la expresión «Sociedad Anónima» o su abreviatura (SA). Su personalidad es jurídica, tienen que ser como mínimo un socio, su fiscalidad es Impuesto de Sociedades, su capital mínimo es de 60.101,21 euros y su responsabilidad es limitada al capital aportado.
El capital se divide en acciones. Al menos un socio se encarga de la administración de la sociedad (socio colectivo), mientras que los socios comanditarios no tienen dicha responsabilidad. También requiere escritura pública y registro. Su personalidad es jurídica, tienen que ser como mínimo un socio, su fiscalidad es Impuesto de Sociedades, su capital mínimo es de 60.101,21 euros y este capital es en acciones.
La constitución y puesta en marcha de la empresa exige la realización de unos trámites administrativos que legalizan su creación y registro ante las personas y la administración pública. Los trámites para la puesta en marcha de una empresa son los siguientes:
El proyecto de la empresa es la valoración de todos los aspectos que proporcionan el motor de puesta en marcha del negocio y que determinan la carta de presentación ante entidades financieras, organismos, instituciones y futuros socios.
La elección del tipo de producto o servicio que vamos a ofrecer constituye la materialización de la idea de negocio, es decir, el pilar básico sobre el que se sustenta el proyecto empresarial. Conocer en profundidad las oportunidades de negocio existentes en el mercado y los conocimientos técnicos especializados es fundamental para la puesta en marcha del negocio. Los elementos que vamos a valorar son que la idea de negocio tiene que ser realista, viable técnica y económicamente, y debe ponerse en práctica con los conocimientos que uno ha adquirido. Cuando se elige la idea de negocio, hay que tener en cuenta los conocimientos de los que se dispone y el tipo de mercado al que se dirige.
El plan es el documento que define los elementos, factores y criterios que se deben tener en cuenta en cada una de las áreas que componen la empresa. En el plan de la empresa deben aparecer al menos:
En este apartado se tiene que describir quiénes son los promotores del negocio. La concreción de la idea incluye la definición de las características generales del proyecto y la elaboración de un resumen de lo que se va a realizar, los recursos con los que se cuenta y lo que se espera obtener.
Es imprescindible saber el precio que se le va a poner, a quién va dirigido, etc. El estudio de mercado, la valoración de la información y el análisis de la situación en la que nos encontramos, nos permite conocer no solo las fortalezas y debilidades de la empresa, sino también las amenazas y oportunidades que existen (Análisis DAFO).
Resulta imprescindible tener claro cómo organizar el proceso de producción y para ello hay que tomar decisiones sobre cómo efectuar el aprovisionamiento de las materias necesarias, la manera de almacenarlas y la forma de empleo de las tecnologías.
Ante la posibilidad de crear puestos de trabajo, hay que analizar, entre otros aspectos, cuántas personas son necesarias, sus funciones y sus responsabilidades, el tipo de contrato más adecuado y la legislación aplicable.
La inversión y financiación del proyecto es una de las valoraciones que se deben hacer desde el momento en el que se inicia el proceso de creación de la empresa. Hay que determinar claramente de qué recursos se dispone y qué inversiones fijas y circulantes son necesarias.
Se define el tipo de empresa, siendo lo más común utilizar la ficha identificativa.