Portada » Geografía » Diccionario de Términos y Siglas Agrarias Esenciales
La experiencia española en encuestas generales de estructura agraria dirigidas a las explotaciones agrícolas comenzó en el INE con la realización del primer Censo Agrario de 1962. A partir de la adhesión de España a la Comunidad Europea el 1 de enero de 1986, como miembro de pleno derecho, el INE se incorpora al programa comunitario de encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas. La primera encuesta comunitaria se realizó en los Estados miembros en 1966/67. Posteriormente se realizaron encuestas en los años 1970/71, 1975, 1979/80, 1983 y 1985, incorporándose en cada momento modificaciones aconsejadas por la experiencia de anteriores encuestas y estableciéndose una periodicidad bienal.
La población objeto de estudio viene definida por los siguientes criterios:
Estos tres criterios son independientes, es decir, ha de cumplirse al menos uno de ellos para que se considere que la explotación pertenece a la población objeto de estudio. Las explotaciones netamente forestales se excluyen de la encuesta, si no cumplen las condiciones antes citadas, ya que la encuesta se refiere a explotaciones propiamente agrícolas. Sin embargo, cuando la explotación investigada tenga alguna masa forestal, esta se recogerá en el cuestionario.
(Ver Regímenes de tenencia de la tierra)
La superficie total de cada explotación agrícola con tierras se clasifica en tres grandes grupos según su aprovechamiento: tierras labradas, tierras para pastos permanentes y otras tierras. En todos ellos se incluye tanto la superficie de cultivo puro, como la parte proporcional en caso de asociación y el cultivo principal en el caso de cultivos sucesivos. Las tierras labradas y las tierras para pastos permanentes se clasifican a su vez en tierras de secano y regadío, de acuerdo con las siguientes definiciones:
Son las que reciben cuidados culturales sea cual fuere su aprovechamiento y la fecha en que se hayan realizado dentro del año agrícola. Estos cuidados culturales son los que se efectúan con azada, arado, grada, cultivador, escarificador, extirpadora, etc., no entrando dentro de esta categoría las labores de extender abono, pases de rodillo o de tabla, cortes, escardas a mano, resiembra, etc., practicadas en las praderas permanentes. Se consideran las siguientes clases de cultivos en las tierras labradas:
Son tierras no incluidas en la rotación de cultivos, dedicadas de forma permanente (por un periodo de cinco años o más) a la producción de hierba. Se consideran los siguientes tipos:
Se trata de aquellas tierras que formando parte de la explotación no constituyen lo que se ha denominado «superficie agrícola utilizada» (SAU). Se distinguen las siguientes modalidades:
(Ver Regímenes de tenencia de la tierra)
Son cultivos asociados los que coexisten, durante todo o parte del ciclo vegetativo, sobre una misma parcela o terreno de cultivo en el curso de la campaña agrícola. En los cultivos asociados la superficie se asigna proporcionalmente a la utilización del suelo por cada uno de los cultivos que forman la asociación. No se considera cultivo asociado la mezcla de cultivos o cultivos mixtos, cuyos productos no se recogen por separado y que se consideran como un cultivo único, por ejemplo, los cereales mezclados.
Se consideran cultivos sucesivos los cultivos que se suceden en una misma superficie en el curso de la campaña agrícola. En este tipo de cultivos la superficie total se adjudica al cultivo principal, considerando como tal al de mayor valor de producción. En el caso en que los valores de producción no difieran sensiblemente, se considera como cultivo principal aquel que haya ocupado el suelo la mayor parte del tiempo.
En este apartado se investiga, por un lado, si el hogar del titular consume más del 50% del valor de la producción final de la explotación y, por otro lado, si las ventas directas al consumidor representan más del 50% del total de las ventas. Los obsequios a miembros de la familia se considerarán consumo del hogar.
La definición de producción final coincide con la utilizada en las cuentas de la agricultura, es decir, no incluye los productos utilizados como insumos. Así, por ejemplo, el forraje destinado a la producción ganadera no deberá tenerse en cuenta en la producción total. Evidentemente, el 50% no debe considerarse el resultado de un cálculo exacto, sino simplemente un orden de magnitud.
Es la unidad técnico-económica de la que se obtienen productos agrarios bajo la responsabilidad de un titular. Dicha unidad técnico-económica se caracteriza por la utilización en común de mano de obra y de los medios de producción: maquinaria, tierras, edificios, abonos, etc. Es decir, es una unidad de carácter agrícola (conjunto de tierras y/o ganado), bajo una gestión única, situada en un emplazamiento geográfico determinado y que utiliza los mismos medios de producción.
Se considera explotación agrícola con tierras aquella cuya superficie total, en una o varias parcelas aunque no sean contiguas, sea igual o superior a 0,1 Ha.
Se entiende por explotación agrícola sin tierras la que con menos de 0,1 Ha. posea en total, una o más cabezas de ganado vacuno; dos o más cabezas entre ganado caballar, mular o asnal; seis o más cabezas entre ganado ovino o caprino; dos o más cabezas de ganado porcino; cincuenta o más aves entre gallinas, pavos, patos, ocas, pintadas, palomas, codornices, faisanes y perdices criadas en cautividad; treinta o más conejas madres; diez o más colmenas. Este ganado puede estar en zonas rurales o urbanas.
Se consignan en este apartado los animales criados en la explotación y que se encuentren en la misma el día de la entrevista, incluidos los trashumantes y el ganado en régimen de integración o contrato. Se considera régimen de integración todo tipo de contrato que implica una dependencia en los suministros, animales, piensos, y en la venta. Incluye, por tanto, la integración vertical, con empresas privadas, y la integración horizontal o cooperativa. En el cuestionario se recogen separadamente los animales que son propiedad de la explotación, de los animales que se encuentran en régimen de integración.
(Ver Personalidad jurídica y gestión de la explotación)
La mano de obra agrícola está constituida por todas las personas que habiendo rebasado la edad de escolaridad obligatoria hayan realizado trabajos agrícolas durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2006 y el 30 de noviembre de 2007. Las personas que hayan alcanzado la edad de jubilación y continúen trabajando en la explotación deberán incluirse como mano de obra agrícola.
No se considera la mano de obra ocupada en la explotación por cuenta ajena o en régimen de ayuda mutua, por ejemplo, la mano de obra de una empresa de servicios agrícolas o de cooperativas. Tampoco se consideran como trabajos agrícolas de la explotación las tareas domésticas, realizadas por el titular o miembros de su familia o por el personal asalariado que no sea familiar. Quedan excluidas también las labores de fabricación de productos derivados de la producción de la explotación, como quesos o embutidos. Igualmente se excluyen los trabajos de silvicultura, caza, pesca y piscicultura, aunque sean efectuados en la propia explotación agrícola, así como otras actividades lucrativas no agrícolas efectuadas por la mano de obra de la explotación.
Los trabajos de transporte propios de la explotación solo se tendrán en cuenta si son efectuados por la mano de obra de la misma.
Esta característica solo se recoge de las explotaciones agrícolas cuyo titular sea persona física. Se considera como mano de obra familiar el titular, su cónyuge y otros miembros de la familia siempre que realicen trabajos agrícolas para la explotación, ya sea de forma continua o eventual, como asalariados o no asalariados. Se incluyen como otros miembros de la familia del titular los ascendientes, descendientes y otros parientes, incluidas las personas emparentadas por matrimonio o adopción, independientemente de que vivan en la explotación o en otra parte. De cada una de las personas que constituyen la mano de obra familiar, incluyendo los titulares y los cónyuges del titular aunque no trabajen, se recogen los siguientes datos individuales: sexo, edad, si es jefe de la explotación, número de jornadas completas y/o parciales trabajadas en la explotación, si recibe regularmente algún tipo de remuneración y si ha ejercido alguna otra actividad lucrativa.
Por actividad lucrativa se entiende cualquier actividad, excluida la actividad relativa a los trabajos agrícolas mencionados, ejercida en contraprestación de una remuneración (retribución, salario, beneficios, honorarios, u otros ingresos por los servicios prestados, incluido el pago en especie). Se incluirán las actividades lucrativas ejercidas en la misma explotación (terrenos de acampada, albergues para turistas) o en otra explotación agrícola, así como las actividades ejercidas en una empresa no agrícola y los trabajos agrícolas realizados en otra explotación.
Actividad principal es la actividad declarada como tal por la persona que responda al cuestionario. Normalmente es la actividad que ocupa el mayor tiempo, mientras la actividad secundaria es la actividad que ocupa el menor tiempo.
Es aquella que se presta por personas distintas del titular y miembros de la familia exigiendo la percepción de una contraprestación en dinero, especie o ambas cosas a la vez. Los socios de una cooperativa o asociación de explotaciones ocupados en los trabajos agrícolas de la explotación, se considerarán como mano de obra no familiar independientemente de que sean o no asalariados.
Comprende:
Es el saldo entre el valor monetario de la producción bruta y el valor de ciertos costes directos inherentes a esta producción. Entre los costes directos se incluyen semillas y plantones, fertilizantes, pesticidas, insecticidas o bien el coste de adquisición de animales, piensos y gastos veterinarios. No se contabilizan como gastos directos el trabajo, la maquinaria, las instalaciones o el mantenimiento de estas.
Ante la imposibilidad de obtener este saldo para cada explotación individual, se calcula a nivel de comunidad autónoma un coeficiente normalizado denominado Margen Bruto Estándar (MBS) para cada actividad de las explotaciones agrícolas. Por actividad se entiende cada tipo de cultivo o tipo de ganado explotado en la región.
Terreno con arbolado adulto cuyas copas cubren del 5 al 20 por 100 de la superficie y que se utilizan principalmente para pastoreo. Según las especies pueden realizarse aprovechamientos de montanera. Se puede labrar, en alternativas generalmente largas, con la doble finalidad de obtener una cosecha y mantener el suelo limpio de matorral. Comprende las dehesas de pasto y arbolado con encinas, alcornoques, quejigo, rebollo y otros árboles.
La superficie de monte abierto asociada con cultivos o barbechos se contabiliza en el grupo de Tierras de Cultivo pero, siendo necesario destacarla para conocer el total de la superficie arbolada, en el cuadro de Distribución General de Tierras esta superficie se reseña al pie del mismo cuadro.
Terreno con árboles de porte achaparrado, procedentes de brote de cepa o raíz, o con matorral o maleza, formado por especies inferiores que cubren más del 20 por ciento de la superficie y cuyo aprovechamiento es para leña o pastoreo. Comprende los terrenos con chaparros de encina, roble, etc. o con matas de jara, tojo, lentisco, aulaga, brezo, etc.
Se define así todo el terreno con una «cubierta forestal», es decir, con árboles cuyas copas cubren más del 20 por 100 de la superficie del suelo y que se utilizan para producción de madera o mejora del medio ambiente, estando el pastoreo más o menos limitado. Se incluyen también las superficies temporalmente rasas por corta o quema, así como las zonas repobladas con fines forestales aunque la densidad de sus copas sea inferior al 20 por 100. Incluye los terrenos cubiertos de pinos, abetos, chopos, hayas, castaños, robles, eucaliptos y otros árboles destinados a la producción de madera.
Es una forma de identificar la orientación productiva de una explotación agraria. Hace referencia a las opciones productivas dominantes en una explotación o región, y a la aportación que cada una de ellas realiza a la formación de su MBET. Hay establecidas 52 OTEs principales referidas a diversas especulaciones principales y secundarias de las explotaciones incluidas en el Censo Agrario o en la Encuesta de Estructuras Agrarias. Las OTEs principales (con un dígito) son: 1. Agricultura general; 2. Horticultura (huerta y floricultura); 3. Cultivos leñosos; 4. Ganado Herbívoro; 5. Ganado granívoro; 6. Policultivos; 7. Ganadería Mixta; 8. Cultivos diversos y ganadería. Las OTEs con dos dígitos o más son orientaciones más específicas. Por ejemplo: 1.1. Herbáceos. La OTE se define en función de la proporción del margen bruto de cada actividad, respecto al MBT de la explotación.
Su diferencia con los prados naturales es que se dan en climas más secos y no son aprovechables por siega.
Se trata de terrenos con cubierta herbácea natural cuyo aprovechamiento no finaliza al recolectarse o ser aprovechado por el ganado, sino que continúa durante un periodo indefinido de años, aunque el prado admita la posibilidad de un aprovechamiento por siega. Ocasionalmente puede tener árboles forestales cuyas copas cubran menos del 5 por 100 de la superficie del suelo, o matorral (tojo, jara, lentisco) que cubra menos del 20 por 100 de la superficie.
Las distintas categorías de personalidad o de condición jurídica que se consideran son las siguientes:
Es la persona responsable de la gestión corriente y cotidiana de la explotación agrícola. El jefe de la explotación coincide, por lo general, con el titular. En caso de no coincidir, el jefe de la explotación puede ser un miembro de la familia del titular u otra persona asalariada.
Toda explotación tendrá solamente una persona como jefe de la explotación. Será aquella que aporte la mayor contribución a la gestión de la explotación. Si esta contribución se distribuyese de igual manera, se considerará que el jefe de la explotación es la persona de mayor edad.
Es la suma del valor de los productos obtenidos en una explotación multiplicados por el precio de salida de la explotación. En el valor de la producción se incluyen las subvenciones vinculadas a las superficies y ganados; no se cuenta el impuesto del valor añadido (IVA). La suma de los productos de las explotaciones representa el valor de la producción bruta de un sector o región o área determinados.
Resulta de restar de la producción total de una explotación aquella parte que destina al autoconsumo o al reempleo (como medio de producción) en la propia explotación. Coincide, por tanto, con la producción que se destina al mercado.
Superficies destinadas a la producción de cultivos o mejoramiento de pastos a las que voluntariamente se proporciona agua, con independencia de que estas superficies sean regadas una o varias veces durante el periodo respectivo.
Se recogen datos relativos al riego referidos a dos tipos de superficies: la superficie regada y la superficie no regada disponiendo la explotación de instalaciones y agua.
Esta característica solo se refiere a las explotaciones agrícolas con tierras y es la forma jurídica bajo la cual actúa el titular de la explotación. Una misma explotación puede estar constituida por tierras bajo distintas formas de tenencia:
Una explotación agrícola se considera, a efectos de la Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas 2007, aquella situada en el municipio donde se encuentre la mayor parte de las tierras o, en caso de duda, donde radique la edificación única o principal de la explotación. Las explotaciones agrícolas sin tierras se consideran adscritas al municipio en que el titular tenga declarado su ganado o, a falta de declaración, en el municipio donde radiquen las instalaciones ganaderas.
Es un tipo de asociación económica parecida a una cooperativa que se rige por una normativa específica. Suelen ser de menor tamaño (en cuanto al número de socios) que las cooperativas y con un sistema de funcionamiento más ágil.
Se define como el conjunto de la superficie de tierras labradas y tierras para pastos permanentes. Las tierras labradas comprenden los cultivos herbáceos, los barbechos, los huertos familiares y las tierras consagradas a cultivos leñosos. La SAU se utiliza como componente básico de referencia respecto a muchos indicadores de estructura agraria. Por ejemplo, para valorar el tamaño real de una explotación es más significativo utilizar la SAU que la superficie total, pues esta comprende, además de la SAU, la superficie forestal y otras superficies sin valor productivo. Al utilizar la SAU y no la superficie total se está valorando solo la superficie de valor agrario. Por eso, muchos otros factores se relacionan con la SAU y no con la superficie total, como por ejemplo las UDEs o las UTAs. La SAU se llamaba hace poco superficie agraria útil, pero la Unión Europea la ha cambiado por utilizada, por lo que hay que dar por buena las dos denominaciones.
Incluyen las superficies destinadas a otros usos como poblaciones, caminos, construcciones, carreteras, vías férreas, zonas industriales, fines militares, etc. Dentro de la superficie no agrícola están comprendidos los ríos y lagos formados por las extensiones correspondientes a lagos, pantanos, charcas, canales y ríos normalmente ocupados por agua sin tomar en consideración que en alguna época estén secos o con un nivel más bajo. Estas extensiones se consignan al máximo nivel normal.
La superficie total de la explotación está constituida por la superficie de todas las parcelas que integran la misma: la superficie propiedad del titular, la arrendada de otros para su explotación y la superficie explotada con arreglo a otras formas de tenencia. Se excluyen las superficies de propiedad del titular pero cedidas a terceras personas. Se considera parcela o coto redondo toda extensión de tierra que está bajo una sola linde, es decir, rodeada de terreno, edificios o aguas que no pertenezcan a la explotación. Se investiga el número de parcelas que constituyen la superficie total.
Son los que encontrándose dentro de las superficies agrícolas no son susceptibles de ningún aprovechamiento, tales como desiertos, pedregales, torrenteras, etc.
La tipología es una doble clasificación de las explotaciones agrarias de acuerdo con:
Tanto la orientación como la dimensión se determinan sobre la base del margen bruto.
La dimensión económica viene dada por el MBT de una explotación expresado en Unidades de Dimensión Europea (UDE). Su Orientación Técnico-Económica (OTE) se define en función de la proporción del margen bruto de cada actividad respecto al MBT de la explotación.
Se designa como titular de la explotación la persona, física o jurídica que, actuando con libertad y autonomía, asume el riesgo de una explotación agrícola, dirigiéndola por sí o mediante otra persona. En concreto se considera titular: 1) Al propietario cuando lleve directamente sus tierras, aunque haya cedido todo o parte del poder de decisión a un jefe de explotación; 2) Al arrendatario; 3) Al aparcero; 4) A todo el que, con libertad y autonomía, dirija y asuma el riesgo de una explotación, cualquiera que sea el régimen de tenencia.
Un titular, como tal, puede ejercer una triple función respecto a la explotación de la que tiene la responsabilidad técnico-económica:
Las distintas categorías de personalidad o de condición jurídica que se consideran son las siguientes:
Es una unidad de medida establecida por los Servicios Estadísticos de la UE con el propósito de poder comparar las estructuras productivas de la agricultura de los países miembros. La UDE equivale a 1.200 euros de 1933 de MBS. Anteriormente (a 1994), el valor de la UDE era de 1.000 euros. Debido al alto nivel de desarrollo tecnológico de la agricultura, la superficie de una explotación pierde valor como indicador de su tamaño. La unidad importante para medir el tamaño económico de una explotación es la UDE.
Para el estudio de la ganadería de una explotación se toman como unidad de análisis las cabezas de ganado existente según sus diversos tipos (vacuno o bovino, ovino, porcino, caballar, etc.). Como las cabezas de ganado, es decir, cada animal físico, pueden variar en su tamaño según la edad, y por lo tanto, su valor económico-productivo, se convierten las cabezas de cada tipo a una Unidad Ganadera tipo, que sirve para calcular el tamaño de una explotación a estos efectos. Pero como las diferentes especies de ganado varían también mucho entre sí, es habitual convertir todas las unidades físicas individuales reales a Unidades de Ganado Mayor (UGM) cuya referencia es una unidad de ganado vacuno adulta, mediante equivalencias determinadas. Con ello, se pueden hacer comparaciones. Cuando se relacionan las UG con la superficie disponible de la explotación (normalmente la SAU), se utiliza el índice UG/ha. Y cuando se quiere ver esa relación con valor temporal, se utiliza el índice UG/ha/año. Por lo tanto, la UGM es un procedimiento para homogeneizar las diferentes cabezas de ganado en función de su equivalencia respecto al ganado de mayor valor económico, representado típicamente por una vaca de 550 kilos que consume 3.000 Unidades Alimenticias (cantidad de energía alimentaria disponible en un kilogramo de cebada. Se utiliza para medir los diferenciales de consumo de las diferentes UG). A partir de esta unidad de ganado, cada una de las especies adquiere un valor que oscila desde los bovinos machos de más de 2 años hasta los pollos de carne y gallos (a los que se asigna un valor de 0.007 UGM).
Los datos de trabajo en la explotación se expresan en número de jornadas completas o parciales o bien en unidades de trabajo-año (UTA); una UTA equivale al trabajo que realiza una persona a tiempo completo a lo largo de un año.
En el siguiente cuadro se dan las equivalencias entre UTA, jornadas laborales, horas trabajadas y porcentaje del tiempo anual de trabajo de una persona dedicada a tiempo completo:
Porcentaje | Horas | Jornadas | UTA |
---|---|---|---|
>0 a <25% | >0 a <456 | >0 a <57 | >0 a <0,250 |
25 a <50% | 456 a <912 | 57 a <114 | 0,250 a <0,500 |
50 a <75% | 912 a <1369 | 114 a <171 | 0,500 a <0,750 |
75 a <100% | 1369 a <1826 | 171 a <228 | 0,750 a <1 |
100% | 1826 y más | 228 y más | 1 |
Una jornada parcial se computa como la mitad de una completa.
El activo total de una empresa está conformado por todas las formas de capital que emplea en la misma, por lo tanto, representa la suma total de las cuentas (o rubros) del activo de la empresa. También llamado el fondo de una empresa (excluidas sus obligaciones y cargas financieras). El activo total se compone en el activo fijo y en el activo circulante.
Está compuesto por todos los bienes de la empresa empleados en el proceso productivo de la misma, esto es, por el conjunto de elementos tangibles e intangibles e inversiones financieras permanentes destinados a servir, de forma duradera, a la actividad de la empresa y que generalmente no se destinan a la venta. Son los bienes que han sido adquiridos para usarlos en la operación social y sin propósito de venderlos o ponerlos en circulación, sino para utilizarlos en la producción o venta de otros activos o servicios. También denominado inmovilizado. En el caso de la empresa agraria, el activo fijo está formado por el total de la tierra y plantaciones, la maquinaria, la ganadería, las construcciones y mejoras permanentes.
Es la parte del capital productivo cuyo valor se transfiere totalmente a la mercancía producida y revierte por completo al capitalista en forma de dinero después de realizada. Lo forman elementos o bienes consumibles en el ciclo de producción de la empresa (energía, materias primas, etc.). Desde otra perspectiva contable es el «fondo de maniobra» de la empresa y se calcula de la siguiente forma: Cc = Existencias + Caja y Bancos (Tesorería) + Cuentas a cobrar – Cuentas a pagar. Por lo tanto, es el capital de rotación invertido en elementos que se transformarán en el curso de la producción; cambia sucesivamente de forma, siendo materias primas, productos elaborados, numerario, créditos, etc.
Se define de dos formas. El Censo Agrario (CA) (también la Encuesta de Estructuras Agrarias que indaga sobre los mismos temas pero en forma de encuesta y no de censo) mide la ATP por el tiempo dedicado por el titular al trabajo de la explotación. Hay que advertir que se trata del trabajo dedicado por el titular exclusivamente, no por el resto de los miembros de la familia. Así pues, el sujeto de análisis es el titular de la explotación y la unidad de análisis es la explotación agraria. Pues bien, cuando el agricultor dedica menos del 50 % de su tiempo de trabajo a la explotación, se considera que es un agricultor a tiempo parcial, porque dedica más tiempo a otras actividades lucrativas. La segunda fuente es la Encuesta de Renta Agraria de 1965, el sujeto de análisis no solo es el titular de la explotación, sino también las ayudas familiares. Primera diferencia. Segunda diferencia: lo que se analiza es la procedencia de los ingresos, si proceden de dentro o de fuera de la explotación, por lo que se define la ATP como aquella en la que los ingresos familiares proceden en más del 50% de fuera de la explotación, es decir, por otras actividades distintas de la explotación agraria familiar del titular y de las ayudas familiares. En los estudios sobre este tema, se suelen considerar ambos aspectos, de modo que la ATP sería aquella en la que el trabajo en la explotación y las rentas procedentes de esta son inferiores al 50% respectivamente.
Se refiere a los miembros de una familia —distintos del titular o del jefe de explotación (cuando no coincide con el titular), así como de aquellos que trabajan regularmente en la misma con reconocimiento salarial— que trabajan en la explotación de forma esporádica o eventual y/o sin reconocimiento legal y salarial.
Superficie cubierta con residuos o rastrojos. Utilizado cuando no se va a sembrar en un plazo mayor a los 12 meses. Recomendado para suelos de tipo arcillosos y arenosos.
Sobre la tierra preparada con las labores de barbecho se siembra alguna planta mejorante del suelo, comúnmente una leguminosa anual que, además de mantener las ventajas del barbecho propiamente dicho, proporciona una cosecha adicional, generalmente de forraje.
El Coeficiente de Gini se utiliza como indicador para medir la concentración de un elemento y, por lo tanto, para medir la desigualdad/igualdad respecto a ese elemento. En los casos que se tratan en el libro, se utiliza para medir la concentración de la tierra. Se denomina concentración a la mayor o menor equidad en el reparto de la suma total de los valores de la variable considerada (renta, salarios, o, en nuestro caso, la tierra). El Coeficiente de Gini es una medida de la desigualdad ideada por el estadístico italiano Corrado Gini. Normalmente se utiliza para medir la desigualdad en los ingresos, pero puede utilizarse para medir cualquier forma de distribución desigual, como el caso que nos ocupa: la tierra, como recurso fundamental de la actividad agraria. El coeficiente de Gini es un número entre 0 y 1, en donde 0 se corresponde con la perfecta igualdad (todos tienen la misma cantidad de tierra) y 1 se corresponde con la perfecta desigualdad (una persona tiene toda la tierra y los demás individuos ninguna). Su valor, por tanto, estará entre cero y uno. Cuanto más próximo a uno sea el índice Gini, mayor será la concentración de la riqueza; cuanto más próximo a cero, más equitativa es la distribución de la renta en ese país. El índice de Gini es el coeficiente de Gini expresado en porcentaje, y es igual al coeficiente de Gini multiplicado por 100. El coeficiente de Gini se calcula como una razón de las áreas en el diagrama de la Curva de Lorenz. De forma resumida, la Curva de Lorenz es una gráfica de concentración acumulada de la distribución de la riqueza superpuesta a la curva de la distribución de frecuencias de los individuos que la poseen, y su expresión en porcentajes es el Índice de Gini. En el texto se hacen diversas referencias al Índice de Gini. En la página 106 se indica cómo el IG relacionado con la concentración de la tierra ha aumentado considerablemente en España entre 1962 y 1999, como muestran los censos agrarios, debido a la reducción del tamaño medio de las explotaciones más pequeñas a la vez que aumentaba el de las explotaciones mayores de 100 hectáreas. La concentración en términos económicos (UDEs) es aún mayor. En la página 105, en el cuadro 3.12 se indica la evolución del índice desde 1962.
Es un sistema de cultivo basado en la rotación de las labores agrícolas en tres hojas o parcelas. La superficie total de una explotación se dividía en tres hojas o parcelas. Cada año se sembraba una hoja de cereal (mayoritariamente trigo y algo de cebada); otro tercio u hoja se dejaba en barbecho sin arar (es decir, sin sembrar; la tierra se deja descansar para recuperar la fertilidad del suelo), que podía ser aprovechado como pasto para el ganado ovino (preferentemente), mular y caballar, y a la vez abonaba el campo con su estiércol, así como para preparar la sementera (la siembra) del año siguiente. El otro tercio se dejaba como dehesa (para pastos, y que en algunas zonas se conoce con el nombre de manchón), para el aprovechamiento del ganado de labor y de renta. Una variante de este sistema es dejar la tercera hoja en rotación al cultivo de leguminosas (garbanzos, judías, habas, etc.) para consumo humano y animal y para aportar nutrientes al suelo, como el nitrógeno. Cada año se rotaba la hoja destinada a cada cultivo o aprovechamiento, de modo que la tierra se iba recuperando tras un año de cultivo del cereal. Es decir, en el sistema al tercio, cada hoja descansa dos años y al otro se siembra. En la variante cereal-barbecho-pastos, cada hoja descansaba dos años y al otro se siembra. En la variante cereales-barbecho-leguminosas, cada hoja descansaba completamente un año (el de barbecho) y el tercero se cultivaba con leguminosas que ayudaban a la fertilización del suelo. Se trata, pues, de un sistema de cultivo extensivo (sobre todo el de cereal-barbecho-pastos), muy adaptado a las condiciones agroecológicas de las zonas donde se practicaba y a la tecnología tradicional, antes de la mecanización del campo.
(Ver cultivo de año y vez)
Es un sistema bianual de rotación en dos hojas: una de cereal (trigo sobre todo) y otra de barbecho, también llamado barbecho blanco u holgón (descanso), es decir, labrado pero no sembrado, aprovechando el barbecho para el pastoreo (ovino generalmente) que se alimenta de los rastrojos (restos de los tallos y hojas que quedan en el terreno tras la cosecha) y facilitaba el abonado del campo con su estiércol. Este sistema de año y vez es el sistema dominante en Castilla mientras que en Andalucía existe una variante en el que la segunda hoja se destina al cultivo de plantas barbecheras (algodón, maíz, habas, garbanzos, remolacha, girasol). A esta hoja se la llama barbecho verde o semillado. Este sistema es más intensivo que el de al tercio, al ser un ciclo de dos años en vez de tres y no dejar el barbecho en blanco.
(Ver Barbecho blanco y barbecho verde)
La forma de cultivo de la tierra puede ser de dos formas: extensiva e intensiva.
Los sistemas extensivos son siempre de secano, aunque dentro de estos los hay más o menos extensivos. Así pues, un sistema es más intensivo que otro si obtiene mayor productividad por hectárea. Una de las formas tradicionales de intensificar la producción agraria ha sido por medio del regadío y por medio del paso del sistema de cultivo «al tercio» al de «año y vez» y la rotación de cultivos. El factor humedad y la calidad de los suelos puede hacer también que unos sistemas de naturaleza extensiva sean más productivos que otros. En el texto se habla de los cultivos de secano mediterráneo de labor intensiva, como los del Duero y del Guadalquivir, porque pasaron del barbecho «blanco» —es decir, de dejar una parte sin cultivar un año o dos— al barbecho «semillado» o «verde» que emplea plantas trepadoras, como las leguminosas, que entren en el ciclo de rotación. Por tanto, tanto en el Duero como en el Guadalquivir se dan sistemas de secano de labor intensiva, si bien son más intensivos que otros secanos. Pero en general, el concepto de intensivo se refiere al aumento del trabajo por superficie o de capital, como veremos seguidamente. Puede decirse que los sistemas extensivos operan con poca intervención sobre los elementos naturales, mientras que los segundos emplean más elementos artificiales. Y se llaman «secanos de labor intensiva» porque se ha reducido la importancia del barbecho blanco y se ha sustituido el sistema de cultivo al tercio (trienal) por el de año y vez (bianual) con barbecho semillado (a diferencia del año y vez tradicional de barbecho blanco u «holgón»).
La agricultura de secano extensiva se ha mecanizado bastante. Si ello afecta al aumento de la productividad por hectárea, se dice que se ha intensificado. Con todo, si solo afecta a la rentabilidad por hectárea (porque reduce los costes de producción pero sin aumentar la producción), no se puede hablar de sistemas intensivos. Hay que señalar, además, que los cultivos intensivos no solo son más productivos en términos del incremento de la cosecha anual sino también porque pueden dar varias cosechas anuales, como algunos cultivos intensivos de invernadero, que dan hasta cuatro cosechas por año, el ejemplo máximo de cultivo intensivo (en capital —tecnología de riego, consumo de medios de producción, instalaciones, etc.— y en trabajo).
La demanda de un producto depende de varios factores, entre ellos, de los niveles de renta de los consumidores. Para cuantificar las variaciones que se producen en la cantidad demandada cuando se alteran los ingresos de los consumidores, es decir, de los niveles de renta, se utiliza el concepto de elasticidad-renta, el cual mide la sensibilidad de la cantidad demandada ante variaciones en la renta o ingreso de los consumidores. Por tanto, es la relación entre la demanda de un producto y la renta de los consumidores. La elasticidad-renta puede ser positiva o negativa. Es positiva cuando se trata de bienes normales; en esos casos, cuando aumenta la renta, aumenta la demanda; o negativa, como en el caso de los productos inferiores, de modo que cuando aumenta la renta, disminuye la demanda. Pero también la elasticidad-renta puede ser baja o alta. Si es baja, es poco sensible a los incrementos de la renta, es decir, que ese incremento de la renta no se traduce en un incremento proporcional de la demanda, o puede ser alta, cuando los cambios en la renta se traducen sensiblemente en cambios de incremento de la demanda.
Una de las características de los productos alimentarios, en general, es la baja elasticidad-renta de su demanda, ya que el incremento del consumo de alimentos tiene límites fisiológicos. Se pueden sustituir unos alimentos por otros, se pueden consumir unos alimentos más que otros, se pueden comprar alimentos más caros (que sí dependen de la renta), pero la cantidad total de alimentos consumida puede variar poco en condiciones normales. Por lo tanto, en términos agregados, la elasticidad-renta de los alimentos es baja, ya que varía poco con el incremento de la renta. La ley de Engel establece precisamente la baja elasticidad-renta de la demanda de alimentos. Y es un hecho constatado que a mayor nivel de renta, el gasto relativo en alimentación disminuye, aunque en términos absolutos pueda aumentar, debido a un consumo de productos más caros.
Es una fórmula legal francesa por la cual los agricultores prestan servicios a otras explotaciones, como la de utilizar la propia cosechadora para realizar el trabajo en otras explotaciones. Es un ejemplo de las diferentes empresas de servicios en la agricultura, que ponen de manifiesto los procesos de externalización de las explotaciones.
Es el organismo de la Administración Central encargado del catálogo y conservación de los montes públicos y de la repoblación forestal; del catálogo y conservación de las vías pecuarias (caminos ganaderos), de la gestión de los parques nacionales y de otras figuras territoriales de protección de la naturaleza (de competencia estatal), de la conservación y protección de la flora, fauna y de la biodiversidad, entre otras competencias. Anteriormente, dependía del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; ahora depende del Ministerio de Medio Ambiente.
En el Antiguo Régimen, ciertos bienes como tierras o inmuebles estaban en poder de las llamadas manos muertas, es decir, entidades como la Nobleza, la Iglesia o los municipios que no podían enajenarlos (venderlos). La mayor parte de la propiedad de la tierra pertenecía a la Corona, la Nobleza, la Iglesia y los municipios. Es decir, que había manos muertas laicas y eclesiásticas. Las primeras estaban formadas por los mayorazgos (de la nobleza) y los bienes comunales (de los ayuntamientos y común de vecinos). Las segundas comprendían las propiedades de la Iglesia y de otras entidades piadosas (monasterios, conventos, etc.). El término propiedad amortizada se usaba, generalmente, para designar el proceso de concentración y permanencia de esta propiedad inmueble en los dueños citados. Desde el siglo XVIII se va formando una opinión que ve en la propiedad amortizada y vinculada un obstáculo al progreso económico (nobleza, Iglesia y propiedad comunal y municipal). La España ilustrada de la segunda mitad del siglo XVIII, que buscaba los remedios a los males económicos y el progreso de la sociedad, se oponía a la amortización de la propiedad, que impedía su libre circulación y consideraban que era la causante de la despoblación, el empobrecimiento del Estado y el atraso y la decadencia de la agricultura y el comercio. En el siglo XIX, con el triunfo del liberalismo, se llevan a la práctica estas ideas que se concretan en las diferentes leyes desamortizadoras. De este modo, la agricultura vivió una profunda reforma basada en la abolición del régimen señorial, la supresión de los mayorazgos y las grandes desamortizaciones de Mendizábal (desamortización eclesiástica, 1836) y Madoz (desamortización civil). Con este conjunto de medidas se liberalizó la agricultura, permitiendo que la tierra pudiera circular libremente en el mercado y eliminando los frenos que impedían el desarrollo de una agricultura capitalista dirigida al mercado. La mayor parte de la tierra pasó a manos de propietarios privados individuales.
Mide la cantidad de producto por unidad de trabajo utilizado. En general, se utiliza la razón entre el valor añadido del sector y el volumen de ocupación sectorial. Se trata de un indicador habitual para medir la productividad de una economía (o de un sector económico).
Como puede verse en la página 108 del libro de base de la asignatura Agricultura y Sociedad en el cambio de siglo (correspondiente al tema 5, apartado 3.4), el incremento de la productividad aparente del trabajo en la agricultura española es la consecuencia combinada de la disminución de la población activa agraria y de la incorporación generalizada de capital, nuevas técnicas productivas e inputs intermedios fuera del sector.
Como tal, se utiliza para medir la eficiencia productiva de un sector económico o de una economía. Es aparente porque parte de supuestos no reales de la homogeneidad de este factor (el trabajo) y del uso de una dotación fija de los restantes factores productivos.
El concepto teórico supone que el factor trabajo es homogéneo, y que se emplea la misma tecnología y una dotación fija de los restantes factores productivos. No obstante, en la realidad estos supuestos no se cumplen, y, por el contrario, la productividad laboral observada está influida por la tecnología disponible, la composición del trabajo (edad, calificación, etc.) y la cantidad de los restantes factores productivos utilizados. Por ello, aunque el concepto de productividad aparente del trabajo viene muy ligado al de eficiencia técnica en la teoría económica, no se puede decir que sea una medida exacta de la misma, entendida esta como criterio discriminador entre las tecnologías disponibles en distintos periodos o por distintos agentes. En la nota 16 a pie de la página citada, se hacen unas observaciones que ayudan a entender este concepto y su utilización. Dicho esto, lo importante es observar el gran incremento de la productividad aparente del trabajo empleado en la agricultura, experimentado por la agricultura española.
Los regímenes de tenencia de la tierra consisten en las maneras y las normas por las que se establecen y regulan las relaciones entre el dominio o propiedad y el uso de la tierra. Cuando el dominio o propiedad la ejerce la misma persona que la usa o explota, estamos ante un régimen de tenencia directo, comúnmente llamado régimen en propiedad. Cuando ambos derechos, el de propiedad o dominio y el de uso o explotación, no coinciden en la misma persona, se habla de regímenes indirectos.
Históricamente estos han sido de muchos tipos; y la mayoría de los mismos han venido perdiendo razón de ser o han desaparecido. Hoy persisten como regímenes indirectos el arrendamiento y la aparcería, aunque hasta hace poco tiempo la enfiteusis estaba bastante extendida e incluso aún está regulada en el Código Civil. Así pues, los tres términos se refieren a formas de cesión del uso de un bien (en este caso la tierra).
En el caso del arrendamiento, el más común actualmente de los regímenes indirectos, se trata de un mero alquiler de la tierra por un periodo prefijado no muy largo, pero renovable, a cambio de una contraprestación económica en dinero.
La aparcería es un sistema de cesión de uso a cambio de una contraprestación económica que consiste en una parte de la producción (de ahí su nombre, que viene de ir a partes). La aparcería puede ser a medias, al tercio, al cuarto, etc., según las cuales, el aparcero paga al propietario la mitad, un tercio o un cuarto de la producción; en algunos acuerdos, el propietario y el aparcero corren juntos también con los gastos de explotación en distinto porcentaje (a medias, etc.). Como se puede ver, en este sistema el propietario asume también en alguna medida los riesgos de la explotación, lo que no ocurre en el arrendamiento, donde el arrendatario paga el alquiler de la tierra independientemente de la cosecha. Aunque el porcentaje es fijo, la cantidad que se entrega es variable, dependiendo de la producción. La aparcería suele darse en sistemas de mucho riesgo (condiciones meteorológicas muy duras) y muy intensivos en trabajo y capital, de ahí el sistema a partes en los gastos y en la producción. También puede haber una dirección conjunta de la explotación.
La enfiteusis es una institución muy antigua, de origen medieval, que ha llegado casi hasta nuestros días. Es un sistema de colonato, es decir, que el propietario cede la tierra a colonos que la explotan a perpetuidad (a censo perpetuo) y cuyo derecho no decae al morir el enfiteuta, como en los dos casos anteriores, sino que pasa a sus herederos siempre que la sigan explotando; en cualquier caso se trata de contratos de muy larga duración. La enfiteusis ha sido un sistema habitual en la explotación de grandes latifundios que se parcelaban para la explotación por colonos a cambio de un canon habitualmente en especie; asimismo, el enfiteuta puede enajenar la finca, pero pagando el laudemio al propietario, esto es, una cantidad por cada transmisión que haga el enfiteuta.
Por último, hay que decir que no siempre las partes contratantes son dos personas físicas. A menudo el propietario es una persona jurídica (una sociedad, un ayuntamiento, el común de vecinos, etc.) que cede en arriendo, aparcería o lo que es más frecuente, en enfiteusis, a otra persona, que a su vez puede ser una persona física o jurídica (una sociedad, una cooperativa, etc.).
La rotación es la sucesión cíclica en una misma parcela de diferentes cultivos o usos en un determinado período de tiempo: anual, bianual (año y vez), trianual (al tercio). Cada cultivo ocupa toda la superficie durante un mismo período del ciclo. (Ver cultivo al tercio y cultivo de año y vez).
Se engloba como sector agrario o agropecuario a todas las actividades económicas correspondientes al sector primario, con excepción de las extractivas y mineras. En lo sucesivo, cuando se haga referencia a «agrario», se estará englobando tanto la agricultura como la ganadería y las actividades forestales.
El sector agrícola engloba únicamente a la agricultura.
El salario sombra (salario que no es observable) puede definirse como el salario hipotético o posible que una persona podría obtener en el mercado y cuyo conocimiento incide, evidentemente, en su decisión de incorporarse o no al trabajo asalariado. Así, si se considera que aspectos tales como la experiencia laboral, la educación y el estatus ocupacional de las mujeres formarían parte de este salario potencial o salario sombra, podría suceder que este fuera tan bajo que eso indujera a las mujeres a no trabajar en el mercado. Como se ve, este modelo se basa en la toma de decisiones. El salario sombra es, pues, un referente que representa el costo de oportunidad de la remuneración que se recibe en el trabajo actual comparada con la remuneración potencial en el mercado de trabajo. En el caso que estamos tratando, el de la juventud rural, el salario sombra representa el salario hipotético que se podría encontrar en el mercado de trabajo si se abandonan los estudios.
Es la dedicación a tiempo completo. Equivale al trabajo que realiza una persona adulta en condiciones normales y que trabaja a tiempo completo a lo largo del año, es decir, 228 jornadas o 1826 horas al año. Para saber las UTAs que emplea una explotación se suman todas las jornadas o las horas que emplean todas las personas que trabajan en la explotación, cualquiera que sea la forma en que lo hagan (regular o esporádicamente) y se divide por 228 jornadas o por 1826 horas. Por encima de una UTA quiere decir que hay más de una persona trabajando en la explotación (pudiera ser que una sola persona trabajara más jornadas de las arriba indicadas, pero siempre sería más de una UTA, o lo que es lo mismo, como si se tratara de distintas personas). Por debajo de una UTA quiere decir que la explotación no ocupa todo el tiempo a una persona (o a varias pero que no llegan al empleo completo de una persona). Las UTAs sirven para comparar unas explotaciones con otras y como elemento de indicadores secundarios, como por ejemplo el MB/UTA.