Portada » Derecho » Derechos del Ciudadano y Régimen Jurídico de la Contratación Pública
El acceso a archivos y registros públicos debe hacerse mediante solicitud individualizada y sin afectar a los servicios públicos, no admitiéndose peticiones genéricas, salvo excepción. Los investigadores con interés relevante pueden acceder directamente, respetando siempre la intimidad.
Las personas físicas podrán elegir si se comunican con las Administraciones Públicas por medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos. El medio elegido por la persona podrá ser modificado en cualquier momento.
La actividad administrativa tiene carácter documental, dejando constancia de la voluntad de la Administración y ofreciendo seguridad jurídica para los ciudadanos. Son documentos oficiales tanto los emitidos por la Administración como los elaborados por las personas físicas y jurídicas, y se caracterizan por:
Por un lado, dejan constancia de los actos de la Administración para demostrar su existencia y sus efectos; por otro, sirven como medio de comunicación de dichos actos tanto a nivel interno como externo. Para que un documento sea administrativo debe ser válidamente emitido por un órgano de la Administración, cumpliendo requisitos de forma y contenido, y ha de producir efectos jurídicos.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Son los medios donde se recoge la información de las relaciones entre ciudadanos y la Administración. La tramitación es habitualmente electrónica, y todo acto administrativo debe formalizarse. Las comunicaciones pueden ser:
Los documentos electrónicos son válidos si su información es identificable y tratable, y se elaboran para producir efectos jurídicos tras recopilar la información necesaria.
Se utilizan para comunicar actos, hechos o información entre la Administración, ciudadanos u otros órganos.
Tienen como finalidad acreditar hechos, actos o situaciones.
Deben redactarse con un lenguaje formal, claro y conciso. Deben contener obligatoriamente:
Si van dirigidos a ciudadanos, deben incluir el título del documento y el número o clave del expediente.
La solicitud es el documento con el que se inicia un procedimiento. Durante el proceso, la Administración adopta decisiones mediante acuerdos. El procedimiento finaliza con la resolución. Si el ciudadano no está de acuerdo, puede interponer recursos administrativos o, en última instancia, un recurso contencioso-administrativo en vía judicial.
Las solicitudes pueden presentarse en registros electrónicos, oficinas de Correos, oficinas de asistencia, o representaciones diplomáticas. Si se presentan en papel, deben digitalizarse para el expediente electrónico.
La norma reguladora es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Se aplica a contratos onerosos celebrados por entidades de la Administración estatal, autonómica y local.
Los contratos deben formalizarse en documento administrativo, que constituye título suficiente para acceder a registros públicos.
Incluye la justificación y los pliegos de cláusulas. Existen tres vías:
La publicidad se realiza en el perfil del contratante y el BOE. Las proposiciones son secretas y se presentan en tres sobres (A: administrativa, B: técnica, C: económica). Se requiere una garantía provisional depositada en la Caja General de Depósitos. La adjudicación definitiva tiene un plazo de 15 días, al igual que la formalización.
La ejecución debe realizarse en el plazo fijado y según los pliegos.
La extinción se produce por cumplimiento (recepción formal y fin del plazo de garantía) o por resolución (causas legales como insolvencia o mutuo acuerdo).
