Portada » Derecho » Derecho Internacional Privado: Conceptos, Pilares y Diferencias Fundamentales
El Derecho Internacional Privado (DIPr) es la rama que regula las situaciones jurídicas privadas con elementos de extranjería o internacionalidad; es decir, relaciones entre particulares que se encuentran vinculadas con más de un ordenamiento jurídico. También es el conjunto de normas y principios que cada ordenamiento jurídico establece para otorgar una regulación especial a los supuestos de tráfico jurídico externo. Se denomina internacional porque regula relaciones que trascienden las fronteras.
Finalidad: Determinar qué juez es competente, qué ley debe aplicarse y cómo reconocer decisiones extranjeras.
El Derecho Internacional Público regula las relaciones entre Estados soberanos y organismos internacionales, mientras que el privado regula las relaciones entre particulares con elementos internacionales.
La concepción restrictiva, de origen germánico, considera que el Derecho Internacional Privado debe ocuparse únicamente del conflicto de leyes, es decir, de determinar qué ley se aplica a una relación internacional. Esta postura excluye temas como: nacionalidad, extranjería, competencia judicial internacional y derecho procesal internacional. Su fundamento es que esas materias pertenecen al derecho público. Aunque tuvo gran influencia, hoy ha sido parcialmente superada por concepciones más amplias.
La concepción amplia del DIPr incluye no solo el conflicto de leyes, sino también nacionalidad, extranjería y conflicto de jurisdicciones.
Esta visión busca ofrecer una solución integral a las relaciones jurídicas internacionales.
