Portada » Formación y Orientación Laboral » Claves del Reglamento Interno y Organizaciones Sindicales en Panamá
Es un conjunto de normas obligatorias que regulan la relación entre el empleador y el trabajador. Establece disposiciones sobre el uso de instalaciones, horarios laborales y medidas disciplinarias por incumplimiento.
Mejorar las condiciones de trabajo, celebrar convenciones colectivas, representar a sus miembros, promover la educación gremial, crear instituciones sociales, participar en organismos estatales, denunciar violaciones al Código, propugnar la protección contra riesgos laborales y administrar sus bienes.
Los estatutos deben incluir:
Los estatutos también determinan las causas de cesantía de afiliados y directivos. Las federaciones y confederaciones deben incluir, además, las condiciones de adhesión y representación (Art. 361).
Exige una asamblea especial, el derecho del afiliado a ser oído y presentar pruebas, la prohibición de representación escrita, la aprobación por dos tercios de los miembros y que la causa esté expresamente contemplada en los estatutos.
Es la máxima autoridad y sus funciones son: nombrar la junta directiva, modificar estatutos, fijar cuotas, declarar la huelga, aprobar fusiones, decidir expulsiones, aprobar el presupuesto y autorizar inversiones mayores a B/.1,000.
Las organizaciones pueden fusionarse acordando sus disoluciones y formando una nueva.
La disolución voluntaria requiere el voto de 2/3 de los miembros en asamblea y sigue cuatro reglas:
La distribución del activo líquido (excepto en una fusión) sigue reglas según el tipo de organización, pudiendo pasar a una federación, confederación, repartirse entre sindicatos de la misma clase, o, en última instancia, al MITRADEL para fines de educación laboral (Art. 397).