Portada » Derecho » Aspectos Clave de las Sociedades Mercantiles: Constitución, Capital y Disolución
Es un tipo de sociedad personalista en la cual los socios responden de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente por las deudas sociales. Esta responsabilidad es de carácter personal y no puede ser limitada frente a terceros, aunque sí se puedan establecer límites internos entre los socios.
Las cuentas en participación no constituyen una sociedad propiamente dicha, sino una modalidad de colaboración mercantil en la cual una persona (denominada gestor) actúa en nombre propio, pero con el capital o la colaboración de otra u otras personas (denominadas partícipes). No poseen personalidad jurídica, ni razón o denominación social, ni patrimonio común. Solo el gestor actúa frente a terceros en su propio nombre, sin que estos conozcan la participación de los demás partícipes.
La modificación estructural del capital se refiere a los cambios que afectan la estructura organizativa, económica y jurídica de una sociedad, especialmente en relación con su capital social.
La competencia para modificar el capital recae en la Junta General de Socios/Accionistas. Esta Junta tiene la capacidad de modificar los estatutos sociales, y entre las modificaciones más relevantes se encuentran el aumento o la reducción del capital social.
Además, el órgano de administración también desempeña un papel crucial, ya que le corresponde ejecutar los acuerdos tomados por la Junta.
Cuando se modifica el capital, también puede cambiar la estructura del accionariado o la participación, y pueden crearse diferentes clases de acciones o participaciones con derechos distintos.
La disolución de una sociedad de capital marca el inicio del proceso de extinción de su personalidad jurídica. Supone el paso previo a la liquidación, fase en la que se realizan las operaciones necesarias para cesar la actividad y repartir el patrimonio social.
Las causas de disolución pueden clasificarse en legales, estatutarias y judiciales: