Portada » Otras materias » Protocolos de Actuación ante Accidentes Radiológicos y Emergencias en Instalaciones
Los accidentes en radiodiagnóstico pueden originarse por diversas causas técnicas y humanas:
El RD 1836/1999 RINR, modificado por el RD 35/2009, establece la obligación del titular de informar a la Dirección General de Política Energética y Minas y al CSN sobre cualquier anomalía. La IS-18 detalla los criterios para la notificación de sucesos e incidentes radiológicos.
Todos los sucesos deben notificarse a las autoridades competentes de la comunidad autónoma correspondiente.
En un plazo de 30 días, el titular debe enviar un informe completo que incluya:
Ante una emergencia por contaminación interna, se debe:
Ante la detección de humo, se debe avisar al supervisor y servicios de extinción, cerrar el paso a personas ajenas, evitar la propagación del fuego y, si es seguro, retirar el material radiactivo.
Generar un preaviso para minimizar consecuencias mediante el traslado de material radiactivo y evacuación de pacientes.
Se debe limitar el personal y material quirúrgico, usar pantallas blindadas (en caso de 131I) y gestionar todas las prendas e instrumental como residuo radiactivo. Se realizarán mediciones de radiación antes de autopsias o traslados al tanatorio.
Ante un fallo en el sistema de retirada de una fuente (cobaltoterapia), se debe intentar devolver la fuente a su posición de almacenamiento. Si no es posible, se debe retirar al paciente y restringir el acceso hasta que el personal de Protección Radiológica (SPR) tome el control.
El número de accidentes es significativamente mayor que en teleterapia. Ante un fallo en la retracción de fuentes, se deben utilizar contenedores de emergencia (plástico para fuentes beta, plomo para gamma) y herramientas como tenacillas para mover los catéteres.
