Portada » Economía » Fundamentos Económicos y Marco Legal de la Gestión de Proyectos de Ingeniería
Un Proyecto es el conjunto de escritos, cálculos y dibujos que se elaboran para dar una idea clara de cómo debe ser y cuál es el coste estimado de una obra de ingeniería o arquitectura.
Incluyen estudios de viabilidad, anteproyecto y proyecto. Se subdividen en:
Ofrecen una ordenación específica del territorio.
Incluyen trabajos topográficos, mediciones y valoraciones, cálculos, dictámenes y peritaciones, y arbitrajes.
Puede estar compuesta por:
Responsable de elaborar la oferta y redactar el proyecto.
Profesionales y empresas que desarrollan estudios muy especializados, sirviendo de apoyo al equipo redactor.
Conceden la correspondiente autorización para el comienzo de las obras.
Generalmente, las empresas constructoras.
Empresas dedicadas a la explotación y conservación de la obra una vez finalizada.
La Propiedad es quien establece las necesidades y los objetivos que se buscan satisfacer con el proyecto.
Los Pliegos de Bases son documentos que contienen todos los requerimientos económicos, administrativos y técnicos que la propiedad establece para un proyecto determinado.
Comprende todas las directivas que aprueba el Parlamento Europeo. Estas normas se sitúan jerárquicamente por encima de la Constitución y las leyes nacionales en su ámbito de aplicación.
Ley Orgánica: Desarrolla derechos fundamentales y libertades públicas. Requiere mayoría absoluta del Congreso.
Ley Ordinaria: Desarrolla temas concretos. Se aprueba por mayoría simple en el Congreso.
Ley de Bases: Ley aprobada por el Parlamento para que, posteriormente, el Gobierno desarrolle su contenido mediante un Decreto Legislativo.
Decreto-Ley: Norma con carácter de ley elaborada por el Gobierno por razones de urgencia, sin control parlamentario previo. Requiere un control posterior de 30 días para su convalidación.
Reales Decretos Legislativos: Normas generadas en virtud de las Leyes de Bases o aquellas que el Gobierno elabora recopilando leyes anteriores.
Órdenes: Órdenes ministeriales dictadas por un ministro sin rango de ley.
Resoluciones: Establecidas por Secretarios de Estado. Contienen convocatorias, homologaciones, pliegos, etc.
Instrucciones: Poseen carácter general y obligatorio para proyectos públicos y privados.
PPTP (Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares): Son obligatorios para los proyectos competencia de la Administración que los ha publicado.
Normas: Algunas son obligatorias (aprobadas por Real Decreto) y otras no. Existen normas de estandarización y normalización con carácter obligatorio.
Recomendaciones: Disposiciones técnicas con características de instrucción, pero que no son obligatorias.
Colecciones Oficiales: Ofrecen una gama de soluciones estandarizadas. El autor del proyecto que elija una de estas soluciones no tiene que justificar los cálculos, pero sí debe justificar la elección de dicha solución.
Este proceso incluye:
De Inversión: Costes de redacción del proyecto y costes de primer establecimiento.
De Operación: Costes de explotación, mano de obra y consumo. Suelen ser periódicos.
Cuantitativos: Son medibles o traducibles a términos monetarios.
Cualitativos: La evaluación es subjetiva (ej. traslado de población, impacto ambiental).
Percibidos por la propiedad por los bienes vendidos o los servicios derivados del proyecto.
Percibidos por la colectividad.
Rentabilidad Financiera: Se circunscribe a la propiedad y es realizada por esta. Mide el retorno para el inversor.
Rentabilidad Económica: Sirve para evaluar inversiones públicas, considerando los beneficios sociales y colectivos.
El VAN consiste en traer al año de estudio todos los beneficios futuros menos todos los costes futuros, descontados a una tasa determinada.
La TIR es el valor de la tasa de actualización que hace que el VAN sea igual a cero (VAN = 0).
Los Precios Sombra son precios que reflejan los costes de oportunidad que no están representados por los precios de mercado.
