Portada » Derecho » Fundamentos de la Teoría del Derecho: Validez, Vigencia e Interpretación de la Norma Jurídica
La interpretación de las normas jurídicas es esencial para entender el sentido y alcance de las leyes. Existen diversas teorías y métodos que guían la interpretación de las normas para aplicar correctamente el Derecho.
La interpretación es una actividad cognoscitiva: buscar el sentido objetivo de la norma o la intención de los autores.
La interpretación no busca descubrir un sentido preexistente; es una actividad de valoración y decisión. Las normas no existen antes de ser interpretadas.
Combina las dos anteriores: en ocasiones la interpretación es cognoscitiva (conocer el significado), y en otras es decisoria (atribuir significado según el contexto).
Se interpreta la norma según el sentido literal de sus palabras, considerando tanto su denotación (significado directo) como su connotación (significados adicionales).
Este método busca entender la finalidad de la norma, es decir, por qué y para qué fue creada. Se enfoca en la intención detrás de la norma y sus objetivos.
La norma debe interpretarse en su contexto dentro del sistema jurídico. Las normas se relacionan entre sí y deben ser entendidas dentro del conjunto normativo.
Analiza los antecedentes históricos de la norma, para entender cómo se aplicaba en su contexto original.
Considera la realidad social al momento de aplicar la norma. Si una norma fue creada en un contexto diferente al actual, su aplicación puede necesitar ajustes.
La interpretación ajusta las palabras de la norma exactamente a su sentido.
La norma se aplica a más casos de los que parece sugerir su texto literal.
La norma se aplica estrictamente a los casos más claros, comúnmente en normas especiales o prohibitivas.
El Derecho ha sido considerado como una ciencia desde diferentes perspectivas y por diversos pensadores a lo largo del tiempo. Aquí se destacan varias teorías clave:
Considera que el conocimiento jurídico emana de la observación neutral de la naturaleza, con la posibilidad de formular leyes inmutables.
Propone que los conocimientos del Derecho son comprobables mediante la experiencia, basándose en métodos tradicionales de las ciencias sociales, como observación y sistematización. El objeto del Derecho sería el estudio de la conducta judicial en el proceso y la aplicación e interpretación del Derecho.
Creen que el Derecho como ciencia debe desprenderse de los postulados axiológicos y limitarse a la determinación empírica del contenido del sistema jurídico.
El Derecho debe formular estrategias jurídicas que guíen a los jueces en la búsqueda de soluciones que satisfagan los ideales de justicia y los principios axiológicos dentro del marco del Derecho positivo.
Según Kelsen, el Derecho como ciencia se enfoca en la legalidad, constitucionalidad y validez de las normas, buscando garantizar la seguridad jurídica. Su enfoque se limita al análisis y aplicación del sistema jurídico, independientemente de consideraciones sociológicas o políticas.
Considera que el Derecho como ciencia debe basarse en la elaboración histórica y presentar los desarrollos progresivos de la jurisprudencia.
Define el Derecho como un producto del espíritu del pueblo, reflejado en las opiniones de los juristas, y sostiene que los jueces no crean nuevas reglas, sino que deben descubrir las que ya están implícitas en las normas.
Defiende que la teoría general del Derecho es una teoría del conocimiento científico, similar a las ciencias naturales, con un enfoque que determina su objeto.
Establece una diferencia clara entre la ciencia del Derecho, que estudia los sistemas particulares, y la filosofía del Derecho, que se ocupa de lo general y universal.
La ciencia del Derecho, hoy en día, tiene como misión principal conocer el Derecho positivo y el Derecho válido. Sin embargo, ha enfrentado varios desafíos:
La concepción moderna de la ciencia, influenciada por el neokantianismo, supera la idea monista que vinculaba ciencia solo con las ciencias naturales y matemáticas, reconociendo a las Ciencias del Espíritu como parte legítima de la ciencia, lo que incluye la Ciencia Jurídica.
