Portada » Derecho » Responsabilidad Civil y Seguros en el Transporte Terrestre de Mercancías
La responsabilidad deriva directamente del contrato de transporte y es independiente del contrato de seguro. Se regula principalmente por la LCTTM (Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías) y el Convenio CMR.
El porteador responde por el incumplimiento del plazo de entrega pactado. La indemnización por este concepto suele estar limitada, como máximo, al precio del flete (coste del transporte).
El porteador no indemniza el valor total de la factura, sino una cantidad máxima por kilogramo bruto. Este es un beneficio legal para limitar el riesgo empresarial, el cual no se aplica en casos de dolo o negligencia grave.
Organismo que cubre riesgos extraordinarios (catástrofes naturales, terrorismo). Para su activación, se requiere tener suscrito un seguro privado previo que incluya el recargo correspondiente a favor del Consorcio.
El porteador responde hasta el límite legal más el flete, mientras que el seguro cubre el remanente conforme a las condiciones de la póliza, aplicando la regla proporcional en caso de infraseguro o el derecho de abandono cuando la reparación no sea viable.
