Portada » Historia » Reforma Educativa en España: De la Constitución de Cádiz a la Ley Moyano
Cádiz fue la única ciudad que no fue invadida por Napoleón, convirtiéndose en un bastión de la lucha antifrancesa. Durante el siglo XVIII, un grupo de ilustrados y liberales (burgueses comerciantes), partidarios de reformas radicales, pretendían formar un nuevo régimen político y social. Esto culminó en la promulgación de la Constitución de 1812.
Con esta Constitución, surge un nuevo régimen político en el que aparecen los principios de libertad, igualdad y propiedad. Se pasa del Antiguo Régimen, caracterizado por una sociedad estamental donde la posición social era fija y adquirida, a una nueva sociedad de corte liberal.
La “Constitución Política de la Monarquía Española” se promulgó en Cádiz el 19 de marzo de 1812. El Título IX de esta Constitución está dedicado a la instrucción pública. En su concepción influyen la Ilustración y la Revolución Francesa, que aportan una profunda fe en la instrucción pública como instrumento de renovación y de reforma. Los constituyentes creían firmemente en la democracia y en la necesidad de una educación para la libertad.
Establecen la obligatoriedad de crear escuelas de primeras letras en todos los pueblos de la monarquía. Este mandato constitucional implicaba la universalidad de la instrucción primaria y su extensión a toda la población sin excepciones. En estas escuelas se enseñaría a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprendería también una breve exposición de las obligaciones civiles.
Se establece que el plan general de enseñanza será uniforme en todo el reino. Para garantizar esta uniformidad, se crea un órgano de inspección de la enseñanza pública: la Dirección General de Estudios.
La educación o instrucción pública sería una cuestión a debatir en la asamblea legislativa que representa a la nación, sentando las bases para una educación pública o estatal.
Consagra la libertad de expresión, premisa necesaria de esa pedagogía de la democracia defendida por el ideal liberal español: “Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes”.
A pesar de estos avances, la Constitución de 1812 no consideró a las mujeres en su óptica educativa. La exclusión de las mujeres de la esfera política y económico-profesional parece asumida en la España de 1833, momento en que se inició el asentamiento definitivo del proyecto liberal.
Manuel José Quintana (1777-1857), figura clave de la época, cursó estudios literarios y jurídicos en Salamanca. Fue abogado y político, destacando también por sus actividades literarias, poéticas, teatrales y periodísticas.
El sistema educativo del siglo XIX se estructuró en diferentes niveles:
Se impartiría en escuelas de primeras letras con maestros habilitados, pagados por las diputaciones provinciales y seleccionados e inspeccionados por los Ayuntamientos. El currículo incluía:
Se impartiría en las universidades de provincia. Se concebía como un nivel de educación general y, al mismo tiempo, con sentido propedéutico para los estudios superiores. Comprendía la instrucción en los campos de las ciencias físico-matemáticas, de literatura y de las artes, y de saberes morales y políticos.
Se organizaría en las universidades mayores y en algunos colegios y escuelas particulares. Prepararía para las profesiones superiores de la vida civil. La Universidad Central (Madrid) impartiría todos los estudios científicos.
La Dirección General de Instrucción Pública sería el órgano encargado de velar por la administración e inspección de toda la enseñanza pública.
Bajo la etapa ministerial de Claudio Moyano (1809-1890), se aprobó la Ley de Instrucción Pública de 1857, conocida popularmente como la Ley Moyano. Esta ley, que consta de 307 artículos y 7 disposiciones transitorias, fue una ley general de educación consensuada que vino a satisfacer los deseos de estabilidad y, de alguna forma, recogió las experiencias anteriores. Aunque no fue innovadora en su totalidad, se trató de un texto recapitulativo de lo acordado en materia de enseñanza.
Es obligatoria para todos los españoles de 6 a 9 años, y gratuita para aquellos que no puedan pagarla, bajo el certificado del párroco y del alcalde. Las escuelas serían financiadas por los Ayuntamientos. La ley exigía crear una escuela de niños y otra de niñas, aunque fuera incompleta, en todo pueblo de 500 almas. También se exigían escuelas para párvulos.
Se crearon centros de formación del profesorado (Escuelas Normales) en las capitales de cada provincia y una Escuela Normal Central (ENC) en Madrid.
El currículo estaría diferenciado por género: