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Es una notable pieza jurídica que enorgullece a los argentinos, si bien toma principios e instituciones de la Declaración de los Derechos del Hombre y de la Constitución de los EE.UU., no deja de ser ni original ni creativa, porque los ha adaptado a nuestra realidad.
La constitución es una pieza jurídica que:
·Sintetiza el pensamiento de un país
·Sienta las bases de organización
·Define cuales son los derechos y obligaciones básicas de los ciudadanos
·Pauta la forma de organización del gobierno
·Establece cuales deben ser los valores del país
-Pacto de Pilar
-Tratado de Cuadrilátero
-Pacto Federal
-Pacto de Uníón
-Acuerdo de San Nícolás.
Con Inglaterra en 1825 y 1839 y con Francia en 1840.
Primera parte: formada por dos capítulos,Declaraciones, Derechos y Garantías y Nuevos Derechos y Garantías
Segunda Parte: consta de dos títulos, el 1º habla de los poderes del gobierno y el 2º de los gobiernos provinciales.
marca los ejes temáticos, los fines del Estado y los objetivos propuestos por los constituyentes para el Estado Federal.
En el Preámbulo se encuentran los objetivos de la Constitución Nacional
·Constituir la uníón nacional
·Afianzar la justicia
·Consolidar la paz interior
·Proveer la defensa común
·Promover el bienestar general
·Asegurar los beneficios de la libertad
cuando la Constitución habla acerca de declaraciones, se refiere a la Nacíón en conjunto, a la Nacíón en relación con oros Estados del mundo y la Nacíón como organización política.
También establece derechos que le corresponden a todos los individuos por ser seres humanos, entre ellos se destacan el derecho a la libertad y el derecho a la vida.
Las garantías permiten que los derechos sean reconocidos y custodiados por las autoridades y por la sociedad.
esto se refiere a los poderes del Estado, sus funciones y sus relaciones entre sí. El sistema político que adopta la Constitución se basa en la separación de funciones del Estado: juzgar, legislar y administrar.
El estado federal está conformado por la concesión de poderes de las provincias a las autoridades federales. Es decir que hay un equilibrio entre las provincias y la Nacíón, ya que las provincias retienen para sí los poderes no delegados en la Nacíón.
Es representativa, ya que los ciudadanos eligen directamente al titular del Poder Ejecutivo, mediante su voto. También eligen a su reemplazante y a los legisladores e indirectamente a los integrantes del Poder Judicial propuestos por el Poder Ejecutivo.
Es repúblicana, debido a que el pueblo tiene derecho a gobernarse a si mismo. Los funcionarios son elegidos por el pueblo mediante el sufragio universal. Otro principio que se relaciona con la república es la separación de poderes.
El régimen federal del gobierno tiene tres tipos de gobiernos (municipal, provincial y nacional) y una serie de principios, éstos son:
ØLas provincias retienen todo el poder no delegado en la Nacíón
ØEl pueblo retiene todo el poder no delegado consagrando su soberanía
ØLa supremacía de la Constitución en todo el ordenamiento jurídico de la Nacíón.
Se dividen en Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo.
Esto no significa que se divida el poder del Estado, si no sus funciones. La función principal de los Estados es la de crear, ejecutar y aplicar las normas jurídicas. Este sistema se implementó ya que se temía el desborde del despotismo, la dictadura y la arbitrariedad, aunque si repasamos nuestra historia podemos encontrar la instalación de dictadores y déspotas en el ejercicio del poder.
En 1994 los constituyentes intodujeron el Ministerio Público, cuya función es promover la actuación judicial en defensa de la legalidad de los intereses comunes generales de la sociedad.
El Presidente de la Nacíón es quien ejerce el Poder Ejecútivo. Éste poder es el que marca con mayor claridad el destino del país y el bienestar de la población. El Presidente de la Nacíón es elegido por el pueblo en elecciones directas, su mandato dura cuatro años y puede ser reelegido una vez. El vicepresidente es elegido en elecciones directas, pero puede ejercer el Poder Ejecútivo, sólo en caso, de enfermedad, de muerte, ausencia del país, renuncia o destitución del Presidente de la Nacíón.
El Presidente:
Es el Jefe Supremo de la Nacíón, Jefe de Gobierno y responsable político de la administración general del país.
Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y las hace publicar. Tiene expresamente prohibido legislar.
Nombra a los magistrados de la Corte Suprema con el acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes.
Concede jubilaciones, retiros, licencias y pensiones conforme a las leyes de la Nacíón.
Concluye y firma tratados
Dispone de las Fuerzas Armadas
Es Comandante en Jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nacíón
Declara la guerra, con autorización y aprobación del Congreso.
Declara la intervención federal a una provincia.
Puede indultar o conmutar penas por délitos sujetos a la jurisdicción federal
tiene como función la administración de la justicia. La función jurídica se divide en local y federal y es ejercida por el Poder Judicial. Este es ejercido por la Corte Suprema de Justicia y porn los demás tribunales inferiores.
Entre las atribuciones del Poder Judicial están: intervenir en todas las causas que hablen sobre puntos regidos por la Constitución y por las leyes, intervenir en las causas que se producen entre dos provincias o entre una provincia y los vecinos de otra.
Los órganos del Poder Judicial en el orden nacional se componen de jueces de primera instancia, integrados por una sóla persona y la Cámara de Apelaciones integrada por tres.
tiene como función sancionar las leyes y controlar la actividad de los otros dos poderes. Está integrada por la Cámara de Diputados y por la Cámara de Senadores. Los diputados son elegidos directamente en las elecciones nacionales y duran cuatro años ejerciendo su cargo, pueden ser reelegidos. Los diputados pueden acusar ante el Senado, al Presidente de la Nacíón, al vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a ministros y a miembros de la Suprema Corte, por mal desempeño de sus funciones. El Senado se compone de tres senadores por provincia y tres por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los senadores son elegidos en forma directa y su mandato dura seis años, pueden ser reelegidos indefinidamente.
El vicepresidente de la Nacíón, es el presidente del Senado, pero no tiene voto al menos que haya un empate.
Ningún senador puede ser arrestado durante su mandato, excepto que cometa un crimen que merezca pena de muerte u otra sanción importante.