Portada » Otras materias » Normativa y Procedimientos para la Gestión del Espacio Aéreo y los Servicios ATS en Venezuela
El documento se basa en la normativa de la OACI (Anexo 11 y Doc 4444) y en las Regulaciones Aeronáuticas de Venezuela (RAV 275). Su objetivo es analizar los procedimientos para vigilar, controlar y gestionar el espacio aéreo y el equipo destinado al tránsito aéreo.
El propósito de los STA es prevenir colisiones y mantener un flujo ordenado. Se dividen en:
Dependencia transferidora: Es la dependencia de control que se encuentra en el proceso de ceder la responsabilidad del suministro del servicio de control a la siguiente oficina en la ruta de vuelo.
Región de Información de Vuelo (FIR): Espacio donde se prestan servicios de información y alerta.
Área de Control (CTA): Espacio controlado desde un límite determinado sobre el terreno hacia arriba.
Zona de Control (CTR): Espacio controlado desde la superficie hacia arriba.
Aerovía: Área de control en forma de corredor.
La separación horizontal se logra manteniendo el espacio necesario entre aeronaves que vuelan al mismo nivel. Según el documento, esta se divide principalmente en dos tipos fundamentales:
Se basa en mantener un intervalo específico entre aeronaves que siguen la misma derrota, o derrotas que convergen o son recíprocas. Este intervalo se puede medir de dos formas:
Consiste en mantener a las aeronaves en diferentes rutas o áreas geográficas para que no entren en conflicto, incluso si están a la misma altitud.
En casos específicos, se puede combinar la separación horizontal con la vertical, permitiendo reducir las distancias mínimas siempre que se aplique bajo acuerdos regionales estrictos.
Al llegar: La Aproximación le pasa el avión a la Torre cuando el piloto ya ve la pista o está muy cerca.
Al salir: La Torre le pasa el avión a la Aproximación apenas despega o si el clima está mal y hay que volar por instrumentos.
Tipo de vuelo — Separación proporcionada — Notas clave
Clase A: Comprende desde FL 200 hasta ilimitado. Solo se permiten vuelos IFR. Se proporciona servicio de control de tránsito aéreo y todos los vuelos están separados entre sí. No existen condiciones climáticas mínimas requeridas. La velocidad máxima es Mach 1.
Clase B: Se aplica al espacio aéreo dentro del TMA Maiquetía con servicio radar disponible. Permite vuelos IFR y VFR, proporcionando separación a todos los vuelos. La velocidad máxima indicada por debajo de 20,000 pies es de 250 kt.
Clase C: Comprende las áreas terminales (TMA) de Barcelona, Barquisimeto, Maracaibo y Margarita con servicio radar. Se permiten vuelos IFR y VFR. Los vuelos IFR se separan de otros IFR y de los VFR. Los vuelos VFR se separan de los IFR y reciben información de tránsito sobre otros VFR.
