Portada » Derecho » Marco Legal y Autonomía del Derecho Aduanero Boliviano
GRUPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Abogado Técnico Jurídico; Cobranza Coactiva; Abogado en Procesos Administrativos y Judiciales; Central de Notificaciones; Responsable de procesos de disposición de mercancía.
Nota: Cabe aclarar que no todas las Gerencias contarán con los mismos grupos de trabajo; la configuración dependerá del volumen de trabajo.
Prestar asesoramiento Jurídico a la Gerencia Regional, unidades y las Administraciones de Aduana dependientes de la misma, para asegurar el desarrollo de sus actos dentro del marco del ordenamiento legal vigente y el patrocinio en las acciones y procesos judiciales y administrativos.
Otorgar asesoramiento jurídico en materia de legislación aduanera, derecho tributario, derecho aduanero, derecho constitucional, coactivo fiscal, derecho penal, derecho civil, contrataciones estatales, derecho administrativo y derecho procesal.
Asesorar a la Gerencia Regional y sus dependencias, sobre la aplicación, alcance e interpretación de las normas del ordenamiento jurídico vigente, fundamentalmente en legislación aduanera, derecho tributario, derecho procesal, derecho administrativo, derecho constitucional, derecho civil, ley de procedimiento coactivo fiscal, Decreto Supremo 0181 (Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios), Derecho Penal, Ley 004-Marcelo Quiroga Santa Cruz y derecho internacional. Patrocinar y efectuar el seguimiento de los procesos penales aduaneros, procesos penales ordinarios, coactivos fiscales, procesos civiles, contenciosos tributarios, contenciosos administrativos, acciones constitucionales de defensa y otras acciones judiciales en las que la Gerencia Regional sea parte demandante o demandada, así como de los procesos administrativos por contravenciones tributarias y aduaneras y procesos seguidos conforme a las normas del Código Tributario.
El Derecho Aduanero posee autonomía científica debido a que cuenta con:
Se centra en la regulación de operaciones de comercio exterior y utiliza terminología específica relacionada con procesos aduaneros.
Incluye nociones como territorio aduanero, regímenes aduaneros (importación, exportación, tránsito), y entidades como la Aduana Nacional.
Opera bajo principios como legalidad, buena fe y transparencia en las operaciones de comercio exterior.
Esta autonomía se fundamenta en que el Derecho Aduanero tiene su propio objeto de estudio, contenido, principios, instituciones e institutos propios, así como sujetos, tributos, ilícitos, procedimientos y regímenes específicos.
El marco legal que rige el Derecho Aduanero en Bolivia se compone de diversos instrumentos, ordenados jerárquicamente de la siguiente manera:
El Artículo 14 de la CPE establece que los derechos y deberes consagrados en esta Constitución se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia.
Convenios y Tratados Internacionales: Acuerdos suscritos y ratificados por Bolivia que abordan aspectos aduaneros y de comercio internacional.
Leyes:
Decretos Supremos: Normas emitidas por el Órgano Ejecutivo que detallan y reglamentan aspectos específicos de las leyes.
El Artículo 2 de este reglamento destaca los principios de legalidad, buena fe y transparencia que rigen para todas las actividades, procedimientos y trámites aduaneros del comercio exterior.
Decreto Supremo N° 1487: Introduce modificaciones e incorporaciones al Reglamento a la Ley General de Aduanas.Resoluciones y Reglamentos de la Aduana Nacional: Disposiciones emitidas por la Aduana Nacional que establecen procedimientos operativos y directrices para la aplicación de la normativa aduanera.
Este conjunto normativo garantiza el adecuado control y facilitación del comercio exterior en Bolivia, asegurando la correcta aplicación de la legislación relativa a los regímenes aduaneros y la prevención de ilícitos en esta materia.
En nuestro país, la ley Aduanera y demás disposiciones legales relacionadas, regulan el ingreso o salida de mercancías del territorio, incluyendo los medios de transporte, con independencia de que se encuentren sujetas o no al pago de las contribuciones al comercio exterior o del cumplimiento de medidas no arancelarias, las cuales deben someterse al control aduanero de las autoridades aduaneras, ya sea en forma anticipada, durante o posterior al despacho aduanero.
La autoridad aduanera tiene la potestad de establecer las formalidades y procedimientos que deben cumplir las personas que pretendan introducir o extraer las mercancías bajo los regímenes aduaneros mediante una declaración o franquicia aduanera, así como de quienes actúen en representación o participen en el despacho aduanero. Además, cuenta con facultades para establecer las aduanas, realizar la revisión de las mercancías y medios de transporte, verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras, imponer las infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa, así como otorgar registros a los importadores, exportadores, operadores confiables y emplear las medidas de facilitación necesarias.
Autonomía del Derecho Aduanero: Partiendo del entendimiento de que el estudio del «Derecho» versa sobre un todo único e indivisible en su esencia y en su unidad superior, los campos o ramas de estudio que surgen en el transcurso del tiempo se encuentran entre sí bajo un tronco común, perteneciendo a un orden jurídico único (ipso jure es una expresión latina que puede traducirse como «por virtud del derecho», «de pleno derecho» o «por derecho mismo»).
La Aduana Nacional, a través de esta Resolución Administrativa, establece los requisitos, la forma y el procedimiento para la concesión de facilidades de pago y seguimiento de Facilidades de Pago, de tributos aduaneros para el despacho aduanero de importación. Los impuestos comprendidos en el alcance de esta Resolución son Gravamen Arancelario (GA), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto al Consumo Específico (ICE), Impuesto al Consumo Específico – Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus derivados (IEHD).
La Aduana Nacional de Bolivia está conformada por un Directorio, cuya Presidencia Ejecutiva tiene bajo su dependencia 6 áreas de apoyo.
El Staff de Asesoría General, asesora a la Presidencia Ejecutiva en la administración del sistema aduanero, en función de las necesidades y requerimientos de esta.
El Staff de Auditoría Interna, se encarga de precautelar la gestión de desarrollo bajo principios legales y procedimientos administrativos vigentes.
La Unidad de Comunicación Social y Relaciones Públicas; se encarga de definir, producir y ejecutar a nivel nacional, estrategias de comunicación para informar y coadyuvar a la generación de una conciencia tributaria aduanera en la ciudadanía. Es responsable de proyectar una imagen favorable de la institución.
La Unidad Técnica de Inspección a los Servicios Aduaneros; es la encargada de efectuar el control por sustitución temporal y sorpresiva a los funcionarios responsables de la Aduana Nacional, a efectos de comprobar la correcta aplicación de la normativa aduanera, desarrollando para este fin planes, estrategias, métodos y sistemas de seguimiento, inspección y control del desenvolvimiento aduanero.
La Unidad de Control Operativo Aduanero; la cual debe planificar y ejecutar sistemas de inspección, integración, resguardo, vigilancia y control aduanero de mercancías que circulan por vías terrestre, fluvial, lacustre o aérea, dentro el territorio nacional.
La Unidad de Lucha Contra la Corrupción, encargada de aportar pruebas para los procesos sumarios y para la sustanciación de procesos penales a accionarse mediante el Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, así como el seguimiento de los casos procesados en dicha unidad hasta su culminación, a efectos de promover la sanción de delitos e infracciones administrativas.
El Derecho Aduanero está fundamentado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y está regulado por la Ley General de Aduana y su Reglamento, así como el Código Tributario.