Portada » Derecho » Fundamentos del Procedimiento Administrativo: Conceptos Clave y Régimen Jurídico
El procedimiento administrativo es el conjunto ordenado de trámites y actuaciones que la Administración Pública debe seguir para dictar sus actos y resoluciones. Comprender sus principios, actores, plazos y mecanismos de impugnación es esencial para garantizar la seguridad jurídica y la defensa de los derechos de los ciudadanos.
Los principios que rigen el procedimiento administrativo aseguran su correcto desarrollo y la protección de los interesados:
Los interesados en un procedimiento administrativo son las personas físicas o jurídicas que, teniendo capacidad jurídica y de obrar, cuentan con la necesaria legitimación. Los interesados pueden servirse de representantes en sus relaciones con la Administración Pública.
Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
Los interesados en el procedimiento administrativo gozan de una serie de derechos fundamentales, entre los que destacan:
El correcto cómputo de los plazos es crucial en el procedimiento administrativo:
El registro electrónico es una herramienta fundamental para la interacción con la Administración Pública:
En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la regla general es el silencio positivo, lo que significa que la solicitud se entiende estimada si la Administración no resuelve expresamente en plazo. No obstante, existen excepciones en las que el silencio será negativo:
El sentido de la falta de respuesta por parte de la Administración en este tipo de procedimientos varía según su objeto y las consecuencias en la esfera jurídica del interesado.
Los procedimientos en los que la Administración ejercite potestades sancionadoras, de intervención o susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, el silencio por parte de la Administración provocará la caducidad del procedimiento. Esto implica el archivo de las actuaciones y la imposibilidad de iniciar un nuevo procedimiento por los mismos hechos, salvo en casos específicos.
Las resoluciones expresas dictadas fuera de plazo tienen efectos distintos según el tipo de silencio administrativo:
Los ciudadanos disponen de diversos recursos para impugnar los actos administrativos:
Se interpone contra actos que no agotan la vía administrativa, es decir, actos dictados por un órgano que tiene un superior jerárquico. El plazo para interponer el recurso de alzada es de un mes (para actos expresos) y de tres meses (para actos presuntos). El plazo para resolver en alzada es de tres meses.
Se interpone contra actos que agotan la vía administrativa y ante el mismo órgano que los dictó. El plazo para interponer el recurso de reposición es de un mes (para actos expresos) y de tres meses (para actos presuntos). El plazo para resolver el recurso potestativo de reposición es de un mes.
Es el recurso judicial que se interpone ante los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa contra actos que agotan la vía administrativa o contra la desestimación por silencio de un recurso administrativo. El plazo para interponerlo varía según el acto impugnado (generalmente dos meses para actos expresos y seis meses para actos presuntos o desestimaciones por silencio).
Importante: Los recursos de alzada y potestativo de reposición son incompatibles. Esto significa que si se interpone un recurso de alzada, no se puede interponer posteriormente un recurso potestativo de reposición, y viceversa. Una vez agotada la vía administrativa (ya sea por resolución expresa o por silencio), se abre la vía contencioso-administrativa.