Portada » Otras materias » Conceptos Esenciales del Seguro: Pólizas, Elementos y Clasificación Completa
El seguro es un contrato por el que el asegurador se obliga, en caso de que ocurra un evento previamente pactado, a indemnizar al asegurado con cierto capital. A cambio, el asegurado pagará una prima.
En un contrato de seguro pueden intervenir las siguientes personas:
Es una empresa autorizada que adquiere la obligación de pagar los daños que ocasione el siniestro previsto. A cambio, cobra una prima.
Es la persona titular del interés asegurado y que sufre el perjuicio económico en sus bienes o en su persona.
Es la persona que contrata el seguro y se obliga a pagar las primas. Puede coincidir o no con el asegurado.
Es la persona que recibe las indemnizaciones; puede ser el tomador u otras personas.
Es el evento que, de producirse, dará lugar al siniestro.
Es la concreción material del riesgo. No se considerarán siniestro las siguientes circunstancias:
Es el capital que recibirá el beneficiario del seguro en caso de ocurrir el siniestro.
Es el pago que efectúa el tomador a la compañía de seguros.
La póliza es el contrato que recoge las características del seguro y donde se detallan las cláusulas particulares. En España, es obligatorio que exista una póliza firmada por ambas partes.
Las cláusulas particulares que suelen incluirse son:
En la actualidad, se puede asegurar casi cualquier cosa, desde lo más habitual como una casa o un coche, hasta rarezas como piernas o dedos.
Los seguros pueden clasificarse en tres grandes grupos:
Estos seguros comprenden todos los riesgos que pueden afectar a la asistencia, la integridad corporal o la salud de una persona o conjunto de personas.
El tomador del seguro lo establece en nombre propio o en el de otra persona, nombrando beneficiarios que recibirán una indemnización en caso de que el asegurado fallezca.
Para el cálculo de las primas se tienen en cuenta la cantidad asegurada, la edad, la profesión, el sexo, el estado de salud, entre otros factores.
Los seguros de vida pueden ser de dos modalidades:
Cuando el riesgo asegurado es el fallecimiento.
En este caso, la indemnización se cobrará si se supera una determinada edad.
Cubre el riesgo de sufrir una lesión corporal derivada de un accidente.
Se pueden establecer varias coberturas, como el fallecimiento, la incapacidad permanente, la incapacidad temporal y la asistencia sanitaria.
El seguro de enfermedad cubre el riesgo de enfermedad de las personas incluidas en la póliza, garantizando una indemnización por los gastos ocasionados. Puede cubrir intervenciones quirúrgicas, días de hospitalización, entre otros.
El seguro de asistencia sanitaria pone a disposición del asegurado una oferta médica y hospitalaria previamente concertada, a la que puede acudir sin efectuar ningún pago.
Los seguros de daños cubren el importe de los daños sufridos en un bien del asegurado.
Cubre los daños ocasionados por incendios en un objeto asegurado que ha sido descrito en la póliza. No cubre los incendios derivados por culpa o dolo del asegurado.
La cobertura abarca, además de los daños ocasionados, los gastos derivados de la extinción.
Cubre la sustracción ilegítima de las cosas aseguradas, incluyendo el daño ocasionado.
Cubren los daños que puedan sufrir las mercancías transportadas como consecuencia de un accidente. Puede ser contratado por el transportista o por el propietario de las mercancías.
Es un seguro obligatorio que cubre los daños que pueda ocasionar el propietario a terceros (personas y bienes) con motivo de la circulación.
Como característica, destacamos que es un seguro de acción directa contra el asegurador, aunque este pueda luego exigir el reembolso de las indemnizaciones al asegurado si se demuestra negligencia del conductor.
Cubren los riesgos que afecten al patrimonio de una persona o empresa como consecuencia de realizar una actividad. Existen varios tipos:
Su objeto es compensar económicamente a los perjudicados por un siniestro cuando exista culpa o responsabilidad del asegurado. La responsabilidad puede ser particular (derivada de la vida personal), profesional (derivada de una actividad profesional), entre otras.
Cubre las pérdidas económicas que sufre una persona o empresa por la interrupción de una actividad previamente descrita en la póliza.
Cubre la insolvencia de un deudor. Se aplica a aquellas personas o empresas que venden a crédito o que realizan contratos que son incumplidos por la otra parte.