Portada » Formación y Orientación Laboral » Aspectos Fundamentales del Empleo: Contratos, Salario y Riesgos
El periodo de prueba es el tiempo concertado por el trabajador y el empresario durante el cual, cualquiera de ellos puede dar por finalizada la relación laboral sin preaviso, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin derecho a indemnización.
Tiene como finalidad, en el caso del empresario, comprobar si el trabajador está o no capacitado para desarrollar el trabajo para el que ha sido contratado, y en el caso del trabajador, permite conocer las condiciones en las que se va a desarrollar su trabajo.
Se establecerán los siguientes plazos de prueba:
Este contrato de trabajo tendrá una duración mínima de tres (3) meses y una máxima de un (1) año.
A la finalización del contrato, el empleador deberá entregar al aprendiz un certificado suscrito por el responsable legal de la empresa, que acredite la experiencia o especialidad adquirida.
La jornada de trabajo de los aprendices no podrá superar las cuarenta (40) horas semanales, incluidas las correspondientes a la formación teórica. Respecto a las personas entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años de edad, se aplicarán las disposiciones relativas a su jornada de trabajo.
El empleador deberá preavisar con treinta (30) días de anticipación la terminación del contrato o abonar una indemnización sustitutiva equivalente a medio mes de sueldo.
El contrato se extinguirá por cumplimiento del plazo pactado; en este supuesto, el empleador no estará obligado al pago de indemnización alguna al trabajador.
La pasantía es la práctica profesional que realiza un estudiante para poner en práctica sus conocimientos y facultades. El pasante es el aprendiz que lleva a cabo esta práctica con la intención de obtener experiencia de campo, mientras que el encargado de guiarlo suele conocerse como tutor.
Una pasantía, internado o puesto de interno es una práctica laboral bajo poca o nula remuneración que realizan algunos profesionales, especialmente un médico, un abogado o contador, para obtener experiencia de campo. A quien realiza la misma se le denomina pasante, en tanto que a los encargados de supervisarlo se les denomina tutores.
El Salario Mínimo Vital y Móvil se define como «la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, vacaciones y previsión».
Se llama accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo.
Enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
El empleador está obligado por ley a contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o a autoasegurarse para cubrir a todos sus empleados en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
Las ART son empresas privadas que tienen como objetivo brindar las prestaciones dispuestas por la Ley de Riesgos del Trabajo. Todo trabajador tiene el derecho de estar cubierto por una ART.
El contrato indefinido no tiene límite de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a su duración.
El contrato temporal se concierta con límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a su duración. La duración máxima para este tipo de contratos es de tres años.
El objetivo del contrato de formación y aprendizaje es la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de trabajo remunerado en una empresa con actividad formativa.
La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años. La retribución nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.