Portada » Derecho » Jurisdicción y Competencia en el Derecho Procesal Peruano: Reggiardo y Priori
La lectura de Mario Reggiardo Saavedra se centra en el diseño constitucional de la solución de conflictos y la naturaleza de la jurisdicción en el Perú.
El autor clasifica cómo las sociedades enfrentan las controversias:
Reggiardo la define como el poder del Estado para resolver conflictos mediante la aplicación del derecho objetivo, realizado por órganos especializados e indelegables. Destaca que la esencia de este poder es la capacidad de utilizar la fuerza pública para forzar el cumplimiento de lo ordenado (executio).
Analiza críticamente el fuero militar y celebra el reconocimiento de la jurisdicción indígena (Art. 149 de la Constitución Política del Perú), señalando que es socialmente eficiente y responde a una realidad multicultural, siempre que respete los derechos fundamentales.
Giovanni Priori Posada profundiza en la competencia, diferenciándose claramente de la jurisdicción.
Mientras que la jurisdicción es la potestad estatal de administrar justicia, la competencia es la aptitud que tiene un juez para ejercer válidamente esa potestad en un ámbito determinado por la ley. Un juez sin jurisdicción dicta actos inexistentes; un juez incompetente dicta actos inválidos (nulos).
La ley asigna competencia basándose en los siguientes criterios:
Se observa una relación entre dos sujetos sobre un bien o situación «X».
Ante un conflicto, el sujeto puede optar por el «YA FUE» (abandono) o el «RECLAMA», que activa la Pretensión.
Esta pretensión se canaliza a través del derecho de Acción, el cual se dirige al Estado (Jurisdicción) mediante una Demanda.
En conclusión, mientras Reggiardo define el Poder (Jurisdicción) y sus fundamentos sociales, Priori define el Límite y la Validez (Competencia) de ese poder. La dinámica procesal cierra el círculo mostrando cómo un ciudadano transforma una queja en una pretensión estructurada que requiere la intervención de un juez competente.
La estructura organiza los órganos jurisdiccionales de mayor a menor jerarquía, lo que Priori define como competencia funcional vertical o por grado:
Se establecen los límites económicos (basados en la Unidad Impositiva Tributaria – UIT y la Unidad de Referencia Procesal – URP) que definen ante qué juez se debe presentar la demanda:
