Portada » Derecho » Sistemas de Control del Gasto Público y Fiscalización en el Sector Público
El control del gasto público es la actividad que tiene por objeto verificar que la actuación de la Administración se acomoda al principio de buena gestión financiera.
Existen diversas formas de clasificar el control según distintos criterios:
El Tribunal de Cuentas ejerce el control externo del sector público estatal, mientras que la IGAE se encarga del control interno de la gestión económica y financiera del sector público estatal.
Este control es llevado a cabo por órganos de la propia Administración sobre los actos que ella misma realiza. Se lleva a cabo antes, durante y después de realizar el acto de contenido económico. Es un control técnico, similar al del Tribunal de Cuentas y frente al control político del Parlamento; sin embargo, el Tribunal de Cuentas es externo y se ejerce una vez que se ha realizado la actuación sujeta a control.
La función interventora tiene por objeto controlar los actos del sector público estatal que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.
Se aplica a la Administración General del Estado, Organismos Autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. El control será efectuado por:
No estarán sometidos a fiscalización previa:
La gestión del Presupuesto de gastos del Estado, de sus organismos autónomos y de las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social se realizará a través de estas fases: Aprobación del gasto, Compromiso del gasto, Reconocimiento de la obligación, Ordenación del pago y Pago material.
Si la intervención no está de acuerdo, formula un reparo por escrito citando las leyes incumplidas.
Tiene por objeto la verificación de forma continua de que la situación y el funcionamiento económico-financiero del sector público estatal se ajusta a las leyes y a la buena gestión, con especial foco en la estabilidad presupuestaria y el equilibrio financiero.
Consiste en la verificación realizada con posterioridad y de forma sistemática de la actividad económico-financiera del sector público estatal, mediante revisiones selectivas dictadas por la IGAE.
Los gastos reservados cuentan con un control interno específico que respeta su peculiaridad para asegurar su correcto uso exclusivo y salvaguardar el secreto y la seguridad.
Es un órgano independiente, sometido únicamente al ordenamiento jurídico, y depende orgánicamente de las Cortes Generales. Sus competencias se extienden a todo el sector público estatal, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y entes privados que reciban dinero público. Posee dos funciones principales:
Las Cortes realizan el seguimiento y control parlamentario a través de:
La estabilidad presupuestaria es un mandato constitucional aplicable a todos los poderes públicos. Existe la obligación legal de ajustar el gasto para garantizar el cumplimiento de los objetivos al cierre del ejercicio.
