Portada » Derecho » Fundamentos del Derecho Público, Privado y Derecho de Familia
Conjunto de normas que rigen la actividad y organización del Estado, así como las relaciones entre particulares y el Estado, actuando este último como poder soberano.
Conjunto de normas que regulan las relaciones de particulares entre sí, o de estos con el Estado u organismos, cuando actúan como simples personas privadas.
Protege derechos fundamentales como la vida, igualdad ante la ley, debido proceso, protección de la vida privada y honra, y elección del sistema de salud. Se interpone ante los tribunales en un plazo de 30 días desde el acto o amenaza. Es posible apelar ante la Corte Suprema.
Acción que la Constitución concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la ley. Protege la libertad personal y seguridad individual. Se interpone ante tribunales y no tiene plazo.
Definición (Art. 102 Código Civil): Contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
Nota: Desde el 19 de octubre de 2004, el cese de convivencia debe acreditarse mediante instrumento del Registro Civil, notaría o tribunal de familia.
